INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DEL ABOGADO DEFENSOR DE MAHMOUD SLIMANE AOUN
10:04 hs. INFORME DE LA DEFENSA DEL ACUSADO MAHMOUD SLIMANE AOUN 
Se
interesa se dicte sentencia absolutoria para el acusado, todos los
pronunciamientos favorables de conformidad con lo solicitado en el
escrito de conclusiones
Se
alega la vulneración del derecho a la defensa y a la tutela judicial
efectiva como consecuencia de la prolongación del secreto sumarial. Se
alega esta circunstancia como causa de nulidad y se anuncia la eventual
interposición de recurso.
Se
acusa a Slimane de sendos delitos de integración en banda armada y en
organización terrorista, de un delito continuado de falsedad, de un
delito de conspiración.
El
Ministerio Fiscal afirma que Slimane ayudaba a Jamal Ahmidan en la
falsificación de documentos. Se destaca el tráfico de llamadas entre
Slimane y Jamal y Slimane y Abdelilah.
La
acusación A13 afirma que Slimane Aoun colaboraba con Jamal en el
tráfico de estupefacientes y para traer vehículos que usaba la banda.
En
cuanto al delito de falsificación, se dice que Slimane falsificó una
carta de identidad expedida en 1992 cuya fecha de caducidad era el 10
de marzo de 2002. Otro documento estaba asimismo caducado. En cuanto al
resto de documentos, en ellos figuraban las fotografías de Slimane.
Estos documentos eran inservibles e inaptos para producir efecto
alguno. Además, no se encontró en poder del acusado ningún útil o
efecto para la falsificación de documentos (fotografías, pegamentos,
papeles, tampones para estampaciones, etc.)
Dada
su escasa formación, le cuesta incluso escribir su propio idioma. Le
faltan los dedos índices y corazón de la mano derecha.
Se
ha de recordar que de ninguna diligencia instructoria ni de la prueba
practicada en el juicio oral se desprende elemento alguno que permita
inferir que Slimane colaboraba en el tráfico de estupefacientes y de
vehículos. Respecto a los coches sólo hay un hecho: el relativo al
garaje de Getafe donde se arregló el coche de Abdelilah y que reparó el
hermano de Mahmoud.
Ha
declarado Abdelilah que Jamal y Slimane se conocieron un año antes de
la detención de éste, es decir, un año y medio antes del 27 de julio de
2004. Se conocieron en una carnicería próxima a la mezquita de la M30.
Jamal le preguntó de dónde era y Slimane le dijo que libanés. De ahí
marcharon a un lugar donde Jamal le puso un video radical y se infligió
autocastigos. Slimane y Jamal no se llevaban bien. Sólo le volvió a ver
en dos ocasiones y de forma casual porque Abdelilah iba acompañado de
Jamal.
Slimane conoció
a Abdelilah tras su salida de la cárcel en 1990. En esos tiempos se
dedicaron a la venta de CD´s y de ropa. Poco a poco hubo un
distanciamiento, pero han conservado una buena amistad.
En
cuanto a los informes sobre tráfico telefónico elaborados a la
instancia de la UCIE, es de destacar que los peritos dijeron haber
plasmado simplemente los datos facilitados por las compañías
telefónicos. Además, se constata que muchas de las llamadas que se han
hecho constar como tales fueron meros intentos de llamadas. Hay 9 meses
registrados, día a día, con todas las llamadas de Slimane: esta es la
mejor prueba exculpatoria para el acusado. La mayoría de los registros
no son llamadas efectivas sino meros intentos de llamada.
Los contactos de Slimane con Jamal y Abdelilah en fechas próximas a los atentados se producen por dos motivos:
1.-
Recuperar una lámpara de mecánico y unas herramientas de su cuñado,
Said Adman, quien iba a reparar el coche de Jamal porque le fallaba el
turbo. Finalmente, fue otro mecánico que conoció Jamal, mecánico que
precisamente se quedó con la lámpara. La lámpara tardó la friolera de 3
meses en ser devuelta. La misma pertenecía a un conserje, Abdesallam,
testigo que fue requerido cuatro veces para prestar testimonio en el
juicio pero que finalmente no compareció. Abdelilah ha reconocido estos
hechos: que Said iba a reparar el coche, que finalmente lo hizo otro
mecánico, que éste se quedó con una lámpara y unas herramientas, etc.
2.-
El haschís que robaron a Riduan. Slimane ayudó a su amigo Riduan,
durante dos semanas, para localizar al grupo de marroquíes que le
habían robado la droga. Fueron a Lavapiés, a Vallecas... Finalmente
llegaron al bar regentado por Moustafa. Éste conocía a todos los
marroquíes que se dedicaban al tráfico de haschís. Moustafa averiguó
que la sustracción la había efectuado Jamal Ahmidan. Es entonces cuanto
Riduan y Slimane comienzan a llamar a Jamal y a su entorno. Riduan y
Slimane nunca recuperaron la mercancía porque Jamal y Moustafa se
cuidaron muy mucho de devolverla. Ante el Ministerio Fiscal, Moustafa
reconoció que fueron sustraídos 125 gramos de haschís.
La
conducta de Gabi (Slimane) refleja su impotencia y su frustración al
intentar recuperar los objetos sustraídos: esta fue la causa de las
llamadas. Esta claro que el acusado desconocía el domicilio de Jamal
porque, si no, no hubiera realizado hasta 140 llamadas.
En
el registro del domicilio de Gabi se incautó una agenda en la que no
aparece teléfono alguno de los otros procesados. Gabi siempre ha usado
un solo móvil y siempre ha vivido en el mismo domicilio. Sólo conocía a
Abdelilah y al fallecido Jamal. El día 11 de marzo fue al bar de
Moustafa y el hermano de éste, Youssef, le dijo que no estaba. En la
espera, se fue a un centro comercial cercano a la carretera de
Valencia; en ningún caso estuvo en Morata de Tajuña. Esta defensa a
solicitado que se facilitasen las BTS desde las que llamaba Slimane.
Además, las llamadas siempre las efectuaba él; y lo hacía obsesivamente
por los motivos expuesto. A Slimane no se le ha visto en ninguna
reunión, ni en el río Alberche; no hay huellas suyas en ningún vehículo
que no sea el suyo; no se halló nada en el registro de su casa, no se
encuentra su ADN en ningún escenario; iba a Leganés porque vivía muy
cerca e iba con su mujer de compras a esa zona...
Por todo ello, se pide la libre absolución del acusado.
INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DEL ABOGADO DEFENSOR DE IVÁN GRANADOS
10:49 hs. INFORME DE LA DEFENSA DEL ACUSADO IVÁN GRANADOS PEÑA 
Ya
se ha dicho en este juicio que Iván es una persona poco asertiva y
gregaria. En el juicio, Iván se ha sentado siempre junto a su padre,
quién no comprende como, dada la manera de ser de Iván, se ha podido
ver envuelto en estos hechos.
Se
alega como causa de nulidad la relativa al secreto sumarial. Esta
defensa se adhiere a lo ya manifestado por las precedentes pero se
destacan dos aspectos que afectan sólo a Iván. Se le acusaba de
colaboración con banda terrorista y tráfico de explosivos y a Iván esto
se le escapaba. Se le acusaba provisionalmente de un delito de tráfico
de explosivos; pero es que en el escrito de calificaciones definitivas
se le imputa también de un delito de asociación ilícita. Ocurre, por
tanto, que las investigaciones de la instrucción se dirigieron hacia
aspectos distintos respecto de los cuales se atribuyen en la
calificación del Ministerio Fiscal: la misma ha introducido aspectos
nuevos que no aparecían en la instrucción, con lo cual se ha vulnerado
el derecho a conocer la acusación y a la defensa del acusado.
En
su primera declaración policial, Iván, asistido por un letrado, ya dijo
que no sabía quien suministraba explosivos a Trashorras. Pero en una
segunda declaración policial, asistido de un nuevo letrado (el que
acompañaba a la letrada de oficio que olvidó su documentación), Iván
dijo que el “Rulo” (Raúl González) le entregaba explosivos a Emilio. Es
entonces cuando la policía le dijo que si declaraba todo lo que se le
decía le darían una pizza. Iván tenía entonces 21 años por lo que era
un joven fácilmente maleable. Si le hubiera asistido este letrado todo
hubiere sido distinto. El fiscal ha tachado a esta defensa que era de
“barrio sésamo”, pero no ofende quien quiere. Se ha dicho, incluso, que
no puede alegar indefensión quien fue asistido nada más y nada menos
que por dos letrados. Esta defensa considera que esta segunda
declaración es nula.
El
Ministerio Fiscal saca de un hecho tres. El hecho es que Trashorras
pidió a Iván Granados que le acompañase a un mirador a entregar unos
CD´s de caza e Iván se quedó en el coche; al día siguiente fue cuando
Trashorras le propuso hacer un viaje a lo cual este acusado se negó,
por lo que la proposición se hizo a Raúl González.
El
Ministerio Fiscal afirma que Iván acompañó una vez a Trashorras a la
mina para vigilar mientras aquél sustraía los explosivos que
luego transportó Gabriel Montoya Vidal (El Menor); que volvió a la mina
nuevamente para hacerse con los explosivos de El Rulo. Iván no sabía
que ese mirador se encontraba en los aledaños de Mina Conchita. Aunque
acompañó a Trashorras a su reunión con Raúl González Peláez, Iván no
bajó del coche y no supo qué se estaba tratando. Se ha afirmado que
Iván conocía el contenido de la bolsa que luego entregó en Madrid pero
esto no fue es así.
Iván no mantenía un nivel de relación y confianza grandes con Suárez
Trashorras. Por ejemplo, no asistió a la boda de Emilio. Emilio
ha reconocido haberse aprovechado de él. Iván ha reconocido: que
acompañó a Trashorras a un mirador a entregar unos CD´s de caza pero
que él se quedó en el coche; que estuvieron juntos desde las 5 de la
tarde y tras ir al mirador, volvieron a Avilés donde se encontraron con
Carmen Toro y su compañera sentimental; que fue entonces cuando Emilio
le propuso hacer el viaje que él rechazó y que Emilio le dijo que se lo
propondría a Gabriel Montoya, El Guaje o El Menor; y que Iván le dijo a
Emilio que no lo hiciera porque era un chaval muy joven.
Emilio dice que Iván le acompañó al mirador; pero que Iván no es uno de
sus chicos y que no se bajó del coche. Ha reconocido que usó el
teléfono de Iván y que, aunque no recuerda a quién llamó, es posible
que llamase a Manolón (guardia civil).
Las declaraciones de El Gitanillo (El Menor, Gabriel Montoya) son
contradictorias. Parece ser que un tal Rafa orientaba sus declaraciones
y por eso, en algunas ocasiones, El Menor carga contra Emilio y otras
contra Iván. Dijo que vio a Iván al día siguiente del viaje de éste a
Madrid y que Iván le dijo que sabía que había bajado explosivos porque
había acompañado a Trashorras a la mina. Esto es algo inventado. Iván
lo ha negado y Montoya Vidal nunca vio a Iván en la mina.
Gabriel
Montoya está condenado en una sentencia de conformidad que no ha de
afectar a esta parte. Gabriel ha reconocido, incluso, haber acompañado
a la mina a Jamal Ahmidan y a los otros. Pero es que la única prueba
que hay en contra de Iván es, precisamente, la declaración de Gabriel
Montoya. Se trataría de una declaración de un coimputado ya condenado,
cuyo valor es muy cuestionable.
Carmen y Antonio Toro han declarado no “conocer” a Iván y haberle visto
sólo en alguna ocasión. Iván sólo conocía a Trashorras y a El
Gitanillo. No tiene contacto alguno con Raúl González Peláez, con
Javier González Díaz, con Sergio Álvarez Sánchez, ni con Antonio Iván
Reis.
Hay un informe
pericial sobre la personalidad de Iván que concluye que éste era una
persona fácilmente influenciable y que tenía una personalidad poco
asertiva y gregaria.
Iván
sólo acompañó al mirador a Trashorras, pero no bajó del coche; nunca ha
visto explosivos; no conoce a ninguno de los miembros de la célula
islamista; no conoce a ninguno de los procesados; se negó a hacer la
única cosa que se le propuso: bajar una bolsa a Madrid. Poco hay de
colaboración con una asociación. Tampoco es miembro activo de una
asociación: para ser miembro activo, uno tiene que hacer, por lo menos,
algo; y desde el punto de vista de la pluralidad de miembros, respecto
de Iván hay un desconocimiento de los mismos; además, más que
organización había “desorganización”; tampoco se ve la jerarquía, ni la
permanencia ni los fines.
Se acusa a Iván de ser cooperador necesario del delito de suministro de
explosivos a banda terrorista. No se ve dónde esta la acción que es
inherente a toda cooperación. Hay precisamente una conducta omisiva:
Iván no hizo nada. Es doctrina jurisprudencial que, para que haya
cooperación necesaria, debe aportarse una actividad material sin la
cual el hecho delictivo no se habría cometido.
Nada se ha probado: ni que colaborara para la sustracción de
explosivos; ni que transportara explosivos, precisamente porque lo que
hizo Iván fue negarse a venir a Madrid; ni que estuviese integrado en
una asociación ilícita o colaborase con ella; ni que conociese a Jamal
Ahmidan ni a nadie de su grupo.
No puede decirse que negarse ha hacer un viaje a Madrid sea un delito;
no puede afirmarse que Iván estuviese al tanto de lo que hacía
Trashorras. Y están las declaraciones de “Manolón”, que sirven para
exculparle.
Por su
personalidad, a Iván le causaría pavor saber que está cometiendo un
delito o que va a ir a una mina. Iván está volcado en caer bien a los
demás y en ayudar, lo cual le lleva a que, a veces, se abuse de su
confianza.
A Iván se le puede calificar con una frase de Antonio Machado: “Iván es, en el buen sentido de la palabra, bueno”.
11:47 hs. Receso de 30 minutos.
INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DEL ABOGADO DEFENSOR DE MOHAMED LARBI BEN SELLAM
12:22 hs. INFORME DE LA DEFENSA DEL ACUSADO MOHAMED LARBI BEN SELLAM 
Se solicita la absolución del acusado por entenderse que, de lo
practicado, no se deduce prueba de cargo alguna contra él.
Se dan por reproducidas las causas de nulidad ya alegadas y que son causantes de vulneración de derechos fundamentales.
Larbi llegó a España a finales de 1999. Se instaló en casa de su
hermano, próxima a la mezquita de Estrecho. La mezquita en el mundo
musulmán tiene un valor muy distinto que la iglesia. La mezquita es un
lugar donde se trata la cosa pública; es algo similar al ágora del
mundo griego. Es normal que las personas que llegan del mundo árabe se
acerquen a las mezquitas, que frecuentan los ya establecidos, con el
fin de, por el “boca a boca”, encontrar un trabajo, habida cuenta de su
escasa información. Es frecuente el intercambio de teléfonos.
Y Larbi acudía a la mezquita de Estrecho. En su reconocimiento
fotográfico, Larbi reconoció a Basel y a Fouad. A su vez estos
reconocieron a Larbi. Fouad no da ningún dato preciso sobre Larbi más
que el hecho de que le conocía de la Mezquita. Basel si aporta alguna
referencia más, al igual que hizo Larbi respecto de él.
Larbi comentó a trabajar en el mercado próximo a la mezquita. Los
testigos dijeron que se notaba que Larbi era religioso porque llevaba
barba y porque indicaba a los demás cuando había que rezar. No
obstante, es posible que los reconocimientos de Larbi estuviesen
influidos por las fotografías publicadas en la prensa.
Se dice que Larbi formaba parte de la célula de Mustafa Maymouni; que
era el “mensajero” de El Egipcio (según afirmó el confidente
Cartagena); y que llevaba a cabo actividades delictivas. Estos son los
indicios que las acusaciones aportan para la incriminación de Larbi.
1.- Se dice que Larbi formaba parte de la célula de Mustafa Maymouni
creó en España. En las diligencias previas del Sumario 9/03 los
funcionarios de la UCIE pidieron la investigación de sendos teléfonos.
No obstante, finalmente no había conversaciones. Existe un informe de
enero de 2005, obrante al sumario, en el que UCIE remite al instructor
información sobre los contactos de Maymouni. Nada se dice respecto a
Larbi Ben Sellam. Dos testigos, hermanos, han declarado que nada les
dijo Maymouni de Larbi. El testigo Sr. Pardo, quien tuvo contacto
fluido con Maymouni, nada ha dicho en juicio de Larbi. Sólo hay
atestados policiales sobre grupos islamistas, incluso de años
anteriores al 11-M; pero los mismos no tienen valor probatorio. Con
ello la acusación del Ministerio Fiscal
2.-
Se dice, con base en las declaraciones del confidente Cartagena, que
Larbi era el “mensajero” de Rabei Osman “El Egipcio”. Cartagena, quien
ya declaró en el Sumario 9/03, la primera vez que hace esta afirmación
es en el juicio.
Rabei, en sus declaraciones, en ningún momento habla de Larbi. De la
comisión rogatoria italiana tampoco se desprende ningún dato que pueda
vincular a rabei con él. Yahya ha dicho que Rabei no le dijo nada de
sus contactos en España. Nuevamente la acusación del Ministerio fiscal
“cojea”.
Las
declaraciones de los controladores de Cartagena, expusieron como
funcionaban estos grupos pero mintieron. Dijeron que había dos grupos,
uno de Marruecos y uno de Argelia, que se juntaron, etc. También nos
dijeron como controlaban las informaciones de Cartagena, unas en árabe
y otras en castellano. Las notas, según dijo el superior de los
controladores, eran luego corregidas. Este testigo dijo asimismo que no
existían dos grupos sino uno sólo: el del Magreb.
3.- El viaje a Marruecos de Larbi desde octubre de 2003 hasta enero de
2004, así como otro anterior. Las autoridades no informaron de las
salidas de Larbi, de lo cual se desprende que no pensarían que se
tratase de una persona vinculada a la célula de Maymouni.
A su regreso de Marruecos, Larbi conoce a Afalah, quien le fue
presentado por un antiguo compañero del mercado, Ahmed Berraj, y entra
a trabajar de “paleta” en la construcción. Fue compañero de Afalah
durante dos meses. Luego se fue a Barcelona con Abdelilah Rhiz, pero no
fue directo a Santa Coloma, donde fue detenido, sino que pasó por
Sabadell e Igualada hasta llegar a Santa Coloma de Gramanet. Allí había
un edificio anejo a la mezquita donde los musulmanes podían alojarse
sin pagar nada. Larbi ha reconocido que hizo de intermediario en la
entrega de un teléfono al padre de Afalah. Conocía también a Youssef
Belhadj.
La
Fiscalía dice que Larbi facilitó la huida de Afalah. Pero ha sido Jamal
Aghbar quien ha dado datos de la huida. Quizás lo ocurrido en Barcelona
pueda servir de indicio contra Larbi pero ha resultado que éste fue
mero intermediario e “intermediario ineficaz”: el propio padre de
Afalah entregó el teléfono a la policía, acto que desencadenó las
detenciones de Madrid y del propio Larbi en Cataluña.
Se dice que Larbi se dedicaba a captar musulmanes para enviarlos a
Iraq. Ello no obstante, quien hacía estas actividades de captación o
proselitismo eran Mohamed El Idrissi. Larbi así lo ha declarado y ha
dicho que él se negó a ejercer actividades de captación, pero que como
creyente, siempre defendería el Islam.
Se ha encontrado una huella en un libro hallado en el piso de la C/
Martín Gaite de Leganés. No obstante se ha dicho por Tattari (imán de
la mezquita de Estrecho) que es perfectamente común el intercambio de
los libros que se encuentran en la mezquita; así como que es
perfectamente común el intercambio de videos y cintas. Y también ha
dicho “Cartagena” que nunca vio a Rabei entregar libros a Larbi, aunque
sí vio a Larbi entregar un libro a Rabei, cuyo contenido no alcanzó a
ver.
Sobre Larbi no
se ha podido practicar indagación de contactos telefónicos,
precisamente porque Larbi durante un tiempo no tuvo teléfono. Esto
viene muy bien a la defensa ya que no hay “indicio” alguno de este tipo
contra el acusado; aunque esta defensa considera que estos datos no son
siquiera indicios.
Se acusa a Larbi de inducción y de pertenencia a organización
terrorista. Esta defensa ve que no hay prueba alguna en el acervo
probatorio que incrimine a Larbi Ben Sellam.
13:09 hs. Se interrumpe la sesión hasta el próximo lunes, día 2 de julio, a las 10:00 hs.
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