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Lunes, 17 de Enero de 2005
Actualizado a las 15:35 (CET) - Internet time @649 by Swatch
 
 

DESCARTA QUE COMETIERAN PREVARICACIÓN
La Fiscalía rechaza querellarse contra los jueces que excarcelaron a Lamari

EUROPA PRESS

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MADRID.- La Fiscalía General del Estado ha acordado que no procede actuar por la vía penal contra los tres magistrados de la Audiencia Nacional que excarcelaron, en junio de 2002, a Allekema Lamari, presunto jefe de la célula que cometió los atentados del 11-M.

El fiscal desestima en un escrito la denuncia del abogado Fernando Pamos de la Hoz contra los tres jueces -Francisco Castro Meije, Luis Martínez de Salinas y Angela Murillo- al descartar que en su actuación existan indicios de un delito de prevaricación.

La Fiscalía señala que el error de cómputo que permitió la excarcelación de Lamari "pudiera en efecto haberse debido a una falta de diligencia determinante de una eventual responsabilidad disciplinaria". Sin embargo, entiende que de esa presunta omisión no se derivó "una decisión manifiestamente injusta", que es condición imprescindible para calificar una conducta como prevaricadora.

Añade la Fiscalía que, al contrario, la situación de privación cautelar de libertad se considera excepcional en nuestro sistema jurídico, por lo que tanto su adopción como su prórroga ha de ser objeto de una resolución específica "sujeta a estrictas exigencias de motivación".

El fiscal también descarta que la injusticia de la resolución pueda hacerse derivar de que, cuando se le puso en libertad, estaba cumpliendo una condena firme y no en situación de prisión provisional. Así, recuerda que la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, que decidió la excarcelación, no sabía en el momento en que concedió la libertad que el Tribunal Supremo acababa de dictar la sentencia definitiva contra Lamari (que le redujo la pena de 14 a 9 años de prisión).

En cualquier caso, la jefa de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General, Elvira Tejada, que firma el escrito, indica al letrado que puede reproducir su denuncia ante el órgano judicial competente.

También le informa de que, a raíz de conocerse las circunstancias de la excarcelación de Lamari, el fiscal general, Cándido Conde-Pumpido, ha dictado una instrucción para reforzar el control de las causas penales que tienen presos preventivos pendientes de recurso de casación en el Supremo.

En relación al mismo asunto, el Consejo General del Poder Judicial archivó hace un mes la actuación disciplinaria contra los tres jueces al considerar que la única falta constatada, imputable a Castro Meije como ponente de la decisión, ha prescrito. Asimismo, el CGPJ descartó la propuesta de la vocal Montserrat Comas de remitir las actuaciones a la Fiscalía General del Estado por si deducía la existencia de indicios de algún delito.

La excarcelación se produjo porque la Sección Tercera calculó que el tiempo máximo de prisión preventiva de Lamari eran cinco años y no siete, como correspondía, ya que su condena inicial por la Audiencia fue de 14 años y no de 10. Lamari fue uno de los siete presuntos terroristas que se suicidaron en Leganés (Madrid) tras cometer los atentados del 11-M.

   
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