Balcón abajo, desde un segundo piso, y tras una paliza.La justicia ha visto claro que se cumplen los requisitos del tipo penal para castigar con cárcel a un hombre que trató así a un caniche, el animal doméstico de su hermana.
Fue en el marco de una agresión familiar, en un estallido de violencia, y, según comenta Carles Soliva, vocal de la comisión de Protección de los Derechos de los Animales del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), no tiene precedentes conocidos.La sentencia, dictada por el juzgado penal 17 de Barcelona, impone cuatro meses de prisión a Isidro S.G. por un delito del artículo 337 del Código Penal. Así, la ley castiga con penas de hasta un año de cárcel a los que maltraten «con ensañamiento e injustificadamente» a animales domésticos causándoles la muerte o provocándoles lesiones graves.
La Audiencia de Barcelona ha dado firmeza a la resolución, al entender que las lesiones que sufrió el animal, la reiteración de las patadas y el hecho de arrojarlo al vacío desde un segundo piso «son actos que revelan la crueldad del acusado al patear al perro y su acto posterior y ensañamiento».
Así, el tribunal presidido por el magistrado Fernando Pérez Máiquez, responsable también de la ponencia, considera que la intención del procesado «era no sólo golpearle, sino aumentarle el dolor al perro».
El animal, que llegó al centro veterinario en estado de shock, presentaba sangrado hepático con desgarro de hígado, sangre en la boca, un corte en la piel a la altura de la rodilla y, según el perito, «puede quedarle al perro alguna lesión en el hígado».
Se da la circunstancia de que el procesado, en la misma sentencia, es condenado a nueve meses de prisión por maltratar en la misma acción a su hermana, a la que golpeó en la cara, riñones y omóplato por haberle recriminado que vendiera unos DVD para obtener metadona a cambio. Esta pena ha sido igualmente ratificada por la Audiencia de Barcelona.
De hecho, según Carlos Soliva, «existen estudios en Estados Unidos que establecen una relación entre el maltrato a los animales domésticos y la violencia doméstica», y de hecho, las agresiones a perros y gatos suelen formar parte de una escalada de agresividad en el seno de la familia, que en el grado máximo, alcanza a los hijos y a la pareja.
Para Gemma Mayol, vicepresidenta de la comisión de Protección de los Derechos de los Animales del ICAB, la resolución siente un importante precedente ya que en la justicia penal no suele castigarse como delito el maltrato, «porque es difícil apreciar cuándo hay ensañamiento» y, ante la duda, se aplica la falta, que sólo merece pena de multa.