Viernes, 12 de enero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6235.
ÚLTIMAS NOTICIAS TU CORREO SUPLEMENTOS SERVICIOS MULTIMEDIA CHARLAS TIENDA LOTERÍAS
Primera
Opinión
España
Mundo
Ciencia
Economía
Motor
Deportes
Cultura
Comunicación
Última
Índice del día
Búsqueda
 Edición local 
M2
Catalunya
Baleares
 Servicios 
Traductor
Televisión
Resumen
 de prensa
Hemeroteca
Titulares
 por correo
 Suplementos
Magazine
Crónica
El Cultural
Su Vivienda
Nueva Economía
Motor
Viajes
Salud
Aula
Ariadna
Metrópoli
 Ayuda 
Mapa del sitio
Preguntas
 frecuentes
Los terroristas intentan modificar nuestro comportamiento provocando miedo, incertidumbre y división en la sociedad (Patrick J. Kennedy)
 ESPAÑA
Acuerdo unánime de los fiscales para recurrir la absolución de Vicario
MARIA PERAL

MADRID.- La Fiscalía del Tribunal Supremo formalizará la próxima semana el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional en la que se absolvió al etarra Gregorio Vicario del secuestro del industrial José María Aldaya.

Publicidad
La decisión de recurrir ha sido apoyada por la unanimidad de la sección de fiscales de la Sala Penal que dirigen Juan Ignacio Campos y Luis Navajas.

Éstos creen que la Audiencia Nacional disponía de prueba suficiente para imponer a Vicario los 17 años de prisión que instó el Ministerio Público.

Contaba, de un lado, con las declaraciones de dos autores del secuestro ya condenados y que relataron ante la Policía la participación de Vicario.

Aunque los coimputados se desdijeron en el juicio oral de Vicario, al que comparecieron como testigos, la Audiencia pudo -en opinión de la Fiscalía- tener en cuenta sus declaraciones policiales como prueba de cargo, ya que estaban corroboradas por otro elemento: un informe pericial que concluyó que huellas genéticas aparecidas en el zulo donde estuvo Aldaya correspondían a ese etarra.

Fuentes de la Fiscalía del Supremo indicaron que el fallo del fiscal Gordillo al no introducir en el juicio oral el informe de ADN no impedía a la Audiencia tenerlo en cuenta, ya que la ley permite valorar «las diligencias de prueba no propuestas por ninguna de las partes, que el Tribunal considere necesarias para la comprobación» de los hechos.

recomendar el artículo
portada de los lectores
copia para imprimir
Información gratuita actualizada las 24 h.
 SUSCRIBASE A
Más información
Renovar/Ampliar
Estado suscripción
Suscríbase aquí
Suscripción en papel
  Participación
Debates
Charlas
Encuentros digitales
Correo
PUBLICIDAD HACEMOS ESTO... MAPA DEL SITIO PREGUNTAS FRECUENTES

elmundo.es como página de inicio
Cómo suscribirse gratis al canal | Añadir la barra lateral al netscape 6+ o mozilla
Otras publicaciones de Unidad Editorial: Yo dona | La Aventura de la Historia | Descubrir el Arte | Siete Leguas

© Mundinteractivos, S.A. / Política de privacidad