ELENA P. IRIARTE
VITORIA.-
El Tribunal Constitucional (TC) ha fallado a favor del recurso de amparo presentado por el Grupo Parlamentario Socialista contra la negativa del ex presidente de la Cámara vasca Juan María Atutxa a repetir una votación en el Pleno de debate de los Presupuestos de 2005, después de que la entonces diputada del PSE Irene Novales no pudiera votar.
Como consecuencia de estos hechos, el Ejecutivo nacionalista pudo sacar adelante unas cuentas que, de haberse permitido una nueva votación, nunca habrían visto la luz.
Los hechos se remontan al 28 de diciembre de 2004 en la sesión convocada para debatir y, en su caso, aprobar el proyecto de Presupuestos del año siguiente. Iniciada la votación, Novales no pudo activar el sistema de votación electrónica instalado en su escaño. Ante esta circunstancia, advirtió del fallo tanto a Atutxa como al portavoz de su grupo parlamentario, Rodolfo Ares. Pese a ello, su voto no fue computado y el texto salió adelante por 37 votos a favor y 36 en contra.
Las reiteradas protestas de Ares en el Pleno pidiendo una nueva votación fueron rechazadas por Atutxa, que argumentó que la responsabilidad en la no emisión del voto correspondía en exclusiva a Novales.
Tras reclamar ante la Mesa del Parlamento y recabar la negativa de este órgano a valorar y rectificar la decisión del presidente, el Grupo Socialista presentó un recurso de amparo ante el TC que fundamentaba en la vulneración del derecho de Irene Novales al desempeño, en condiciones de igualdad, de su cargo de diputada. Consideraba, además, que con la negativa de Atutxa de repetir la votación se había impedido de modo efectivo el ejercicio de su derecho a voto.
En su fallo, el TC reconoce ambos extremos. El órgano judicial afirma que «no es lógico entender» que, ante un «problema técnico» y «sin que quedara fehacientemente demostrado que se tratara de una negligencia» de Novales, la «única» reacción de Atutxa fuera «la negativa a la comprobación de la anomalía en ese mismo momento y la repetición, en su caso, de la votación controvertida». Llama la atención, además, sobre las «graves consecuencias» que esta decisión implicaba para «el conocimiento de la verdadera voluntad de la Cámara en un tema tan trascendente como era la Ley de Presupuestos».
La sentencia recuerda, por último, que dado que los hechos enjuiciados sucedieron en una legislatura ya terminada y que las cuentas aprobadas ya fueron liquidadas, el fallo tiene un contenido «exclusivamente declarativo». Por ello, pese a anularse la decisión tomada en su momento por Atutxa, no ordena repetir la votación por «la imposibilidad material de hacerlo».
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