Sábado, 20 de enero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6243.
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La juez califica de falta la muerte de un motorista que fue arrollado por los Mossos
La magistrada estima que la imprudencia del agente debe ser considerada «leve»
NANDO GARCIA

BARCELONA.- Han tenido que pasar uno, dos, tres, cuatro, cinco y hasta seis meses para que la juez que investiga la muerte del motorista que fue arrollado por una furgoneta antidisturbios de los Mossos d'Esquadra que se saltó un semáforo en rojo haya dado señales de vida. Y lo ha hecho para calificar de falta lo sucedido. Su argumento es tan simple como irritante para la familia del fallecido: se trata de una imprudencia «leve».

Calificar de falta lo sucedido supone que no habrá investigación -hasta ahora tampoco la ha habido- y que, en caso de condena, el conductor podría tener que hacer frente, como mucho, a una multa.

Nunca se sabrá si de haber sido la víctima un agente de la autoridad, la magistrada habría tardado tanto en tomar una decisión ni si habría sido del mismo signo. Lo que sí se sabe es que desde que David Such, que tenía 41 años, se cruzó en el camino de una furgoneta de los Mossos, el juzgado de instrucción número 7 de Barcelona no ha citado a declarar a un sólo testigo de lo sucedido. No ya al agente de la Policía autonómica que conducía el furgón, ni siquiera a uno de los numerosos testimonios que presenciaron la brutal colisión, que lanzó a David a una distancia de más de 20 metros.

Así, sin más prueba que la declaración de la familia de la víctima, la juez Maria Josep Feliu, ha dictado un auto, al que ha tenido acceso EL MUNDO, por el que deja de investigar la causa y la remite a un juicio de faltas. Sus razones son las que siguen.En primer lugar, la magistrada afirma que para que el caso fuera considerado delito, la conducta del imputado debía ser «grave».Y para ella no lo es, aunque señale en la resolución que la furgoneta debía haber adoptado «las precauciones necesarias» cuando se saltó un semáforo en rojo.

No obstante, el razonamiento más sorprendente es precisamente el último de la resolución. Para la juez es «práctica habitual aceptada por todos los implicados en los diferentes procedimientos, y con ello me refiero también a todas las partes tanto responsables como perjudicados, que accidentes como el de autos sean enjuiciados por el procedimiento de juicio de faltas, siendo contrario al principio de igualdad la pretensión de valorar de forma diferente la conducta del conductor de un furgón policial que la de otro que conduce legalmente habilitado para ello». Así es cuando la magistrada defiende que hubiera actuado de igual forma si el imprudente hubiera sido un ciudadano de la calle que no perteneciera a cuerpo policial alguno.

Faltaban algunos minutos para las 21 horas del pasado 19 de julio cuando David regresaba a su casa, en Poble Sec, en su motocicleta.A pocos metros, una furgoneta antidisturbios de los Mossos d'Esquadra se dirigía a una manifestación de vecinos contra la narcosala del Vall d'Hebron.

La unidad policial, que iba con las luces y las sirenas, se saltó un sémaforo en rojo y en la confluencia de las calles Ausiàs Marc y Roger de Llúria se llevó por delante a David. Literalmente.Según el atestado de la Guardia Urbana, el conductor no frenó hasta algunos metros después de impactar con el motorista, como reconoció el propio agente durante su declaración, en la que aseguró que iba a entre 50 y 60 kilómetros hora, lo que contradice las declaraciones de los testigos.

El relato de los testimonios no pudo ser más esclarecedor. «El semáforo estaba en verde y los Mossos iban a toda pastilla», «Ha sido brutal», «Iban a más de 100 kilómetros por hora». Incluso increparon a los policías después de la colisión.

Al día siguiente del siniestro, se filtró a algunos medios de comunicación un informe elaborado por los Mossos en el que se aseguraba que el motorista «iba a gran velocidad» cuando colisionó con la furgoneta y que su semáforo estaba en ámbar. Este documento indignó a los familiares de David porque el único cuerpo policial competente para investigar el accidente era la Guardia Urbana.Y su atestado difícilmente pudo ser más contundente y contradictorio con el elaborado por la Policía autonómica.

De eso hace ya seis meses. A los padres de David este medio año se les ha hecho eterno, pero aún les pesa más después de conocer la controvertida decisión de la juez. A los padres de David tardaron más de cuatro horas en explicarles lo sucedido. Siguen sin entender por qué no se sometió a la prueba de alcoholemia al conductor.Los padres de David empiezan a no creer en la Justicia.


Seis meses sin noticias del juzgado

BARCELONA.- Han pasado días, semanas y meses desde el trágico accidente, aunque para la familia de David siempre sea ayer.

Han recibido cartas, correos electrónicos y llamadas telefónicas de muchos ciudadanos que presenciaron la colisión. Todos quieren declarar, algunos aseguran que no pueden dormir, pero por el juzgado no ha pasado un sólo testimonio.

El conductor tampoco ha declarado, a pesar de que el abogado de la familia, José Luis Bravo, lo ha reclamado insistentemente.Fuentes judiciales explicaron que el agente está atravesando una depresión.

De lo que no hay duda es de que cuánto más tiempo transcurra, menos recordarán los testigos. Esta es una de las denuncias que hace Bravo, que califica la resolución de la juez de «inaceptable, pues partiendo de pronunciamientos teóricos que deberían traer como consecuencia la incardinación de los hechos en el ámbito del delito, sorprendentemente la juez termina por reputarlos falta».

«La injustificable ausencia de una mínima instrucción por parte del juzgado ha impedido conocer lo ocurrido realmente», afirma el letrado, que añade que «son muchos los testigos que se han dirigido a la familia a través de los medios más diversos, para ofrecerse a declarar sobre el horror que les produjo la actuación del conductor de la patrulla de los Mossos, poniendo de manifiesto que a pesar de la gran velocidad con la que circulaban, en ningún momento tomaron la mínima precaución de detenerse en el cruce aún brevemente».

Según José Luis Bravo, «nada justifica la urgencia pues una manifestacion de vecinos contra una narcosala no es una circunstancia tan peligrosa que justifique esa velocidad, máxime cuando en el lugar, según parece ya se encontraban dos patrullas». «El reproche penal que la Instructora pretende con su resolución es de pena de multa, lo que resulta manifiestamente injusto y desconsolador a la vista de las circunstancias», concluyó el abogado.

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