Lunes, 22 de enero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6245.
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 OPINION
Editorial
UNA RECUSACION DE LIBRO EN LA QUE EL TC SE JUEGA SU CRÉDITO

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece como causa de recusación en su artículo 219 «haber emitido dictamen sobre el pleito o causa como letrado». Esto es exactamente lo que ha hecho el magistrado del Tribunal Constitucional, Pablo Pérez Tremps, que cobró 6.000 euros por un dictamen jurídico encargado por la Generalitat sobre el Estatuto catalán.

Pérez Tremps fue recusado por el PP tras promover un recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto catalán al entender que el vocal estaba condicionado por esta relación profesional con la Generalitat. La recusación está pendiente de decisión por parte de sus compañeros del Tribunal Constitucional.

EL MUNDO revela hoy los téminos del contrato suscrito por Pérez Tremps y el consejero Joan Saura, en el que se le encarga que asesore sobre cómo plasmar en el proyecto de nuevo Estatuto «la actuación exterior de la Generalitat», «la designación directa de representantes en organizaciones internacionales» y «la participación en negociaciones de ámbito europeo», entre otras cuestiones.

El contrato fue suscrito tres meses antes de que Pérez Tremps fuera nombrado magistrado del Constitucional y sus recomendaciones -como hoy demuestra EL MUNDO- fueron seguidas casi literalmente por los redactores del Estatuto. No hay más que comparar el dictamen del magistrado con el capítulo de relaciones exteriores del texto aprobado por el Parlamento catalán.

Carles Viver, director del Instituto de Estudios Autonómicos de Cataluña, declaró con total desparpajo ante el Parlament que uno de los objetivos de la contratación de expertos y catedráticos era «buscar complicidades por parte de estos autores que son realmente gente de mucho peso». Ese era exactamente el propósito: avalar intelectualmente el proyecto de Estatuto. Por eso el propio Viver consignó en el justificante de pago que Pérez Tremps había realizado su trabajo «de forma satisfactoria».

No hay probablemente en la historia del Tribunal Constitucional un caso más claro de abstención hasta el punto de que podría figurar en los textos jurídicos como ejemplo. Lo que no se explica es por qué este magistrado no se ha apartado voluntariamente del caso, dado que se dan todos los supuestos que vician su posible imparcialidad: ha cobrado mediante contrato mercantil de una de las partes del litigio, sus recomendaciones han sido seguidas de forma específica y concreta por la Generalitat e incluso hay constancia de la satisfacción del contratante por el servicio prestado. Y tampoco se explica por qué cinco magistrados del Constitucional ni siquiera eran partidarios de admitir a trámite la recusación.

La única hipótesis que permite entender la negativa de Pérez Tremps a apartarse del caso es que está siendo presionado por quienes más interés tienen en que el Constitucional convalide el Estatuto.

Sería un enorme escándalo que los magistrados del Constitucional hicieran la vista gorda e ignoraran la letra y el espíritu de la ley, que obligan a excluir a Pérez Tremps del debate y votación sobre el recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto.

Sería además un verdadero suicidio institucional y pondría en evidencia que los intereses de partido son mucho más fuertes que el respeto a la legalidad entre sus miembros. La ley está muy clara. Sólo pedimos que se aplique.

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