MADRID.-
La seguridad jurídica de los arrendadores es prioritaria. El portavoz de Vivienda del PP en el Congreso de los Diputados, Pablo Matos, se mostró ayer así de contundente al exigir al Gobierno que garantice la seguridad jurídica de las personas que alquilen una vivienda y agilice los procesos judiciales con los inquilinos, antes que aplicar medidas sancionadoras en viviendas desocupadas.
El diputado 'popular' reclamó la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la creación de un juzgado dedicado a conflictos en materia de Vivienda, dos iniciativas que el Congreso ha rechazado hasta el momento.
El portavoz del PP reaccionó así ante la posibilidad de que el Ministerio de Economía desarrolle el reglamento necesario para poder aplicar un recargo de hasta el 50% sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, contemplado en la Ley Reguladora de Haciendas Locales, en el caso de las viviendas que se encuentren desocupadas, según informa Europa Press. En este contexto, Matos recalcó que desarrollar la mencionada ley, aprobada por el Gobierno de José María Aznar en 2002, supone definir «qué es una vivienda vacía», para poder aplicar correctamente el recargo. En su opinión, es una labor «compleja».
Matos explicó también que muchos propietarios renuncian a obtener una renta por su propiedad debido «al vacío legal existente en materia de arrendamiento de viviendas y a la fuerte inseguridad jurídica que se mantiene hasta ahora». «Si un inquilino no paga pasan meses hasta que se procede a un desalojo», apuntó.
A estas razones, el diputado 'popular' añadió que tampoco se protege a los propietarios de los daños que los arrendatarios puedan provocar en sus viviendas. En este sentido, aunque el portavoz del PP dejó claro que «está bien que Hacienda opte por considerar como vivienda vacía aquella que esté totalmente desocupada», hizo especial hincapié en la importancia de «remover primero los obstáculos del arrendador, agilizando los procesos judiciales, para resolver rápidamente los conflictos y garantizar así su seguridad jurídica».
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