Martes, 23 de enero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6246.
ÚLTIMAS NOTICIAS TU CORREO SUPLEMENTOS SERVICIOS MULTIMEDIA CHARLAS TIENDA LOTERÍAS
Primera
Opinión
España
Mundo
Ciencia
Economía
Motor
Deportes
Cultura
Comunicación
Última
Índice del día
Búsqueda
 Edición local 
M2
Catalunya
Baleares
 Servicios 
Traductor
Televisión
Resumen
 de prensa
Hemeroteca
Titulares
 por correo
 Suplementos
Magazine
Crónica
El Cultural
Su Vivienda
Nueva Economía
Motor
Viajes
Salud
Aula
Ariadna
Metrópoli
 Ayuda 
Mapa del sitio
Preguntas
 frecuentes
La ausencia de prueba no es prueba de ausencia (Carl Sagan)
 ECONOMIA
EL EXPERTO
De fondo a fondo
ENRIQUE BORRAJEROS

El nuevo IRPF incorpora una gran novedad: no importa el plazo de generación de rendimientos o alteraciones patrimoniales para determinar cuál será el tipo de tributación. Antes, la ganancias patrimoniales en fondos de inversión tributaban o al marginal, si eran generadas en periodos inferiores al año, o al 15% en cualquier otro caso. Los rendimientos de depósitos lo hacían, para cualquier plazo de generación, al tipo marginal. Ahora, ambos, tributarán al tipo fijo único del 18%. He escuchado a más de uno decir que el nuevo IRPF perjudica a los fondos. No es cierto. Para inversores conservadores, la rentabilidad anual de uno de los mejores depósitos es del 3% (2,46% neto de impuestos); para un buen fondo de dinero es del 3,3% (2,71% neto). Pero la ventaja del fondo no es que vaya a ser más rentable y, por tanto, a igualdad de tributación, más beneficioso que el depósito, sino que en el fondo pueden decidir cuándo afloran la ganancia y, en consecuencia, cuándo tributan, mientras que en el depósito pagarán impuestos cuando les abonen los intereses. Para inversores que diversifican más, la posibilidad de cambiar de fondo sin tener que tributar hace preferible la alternativa del fondo a la del depósito. Si desean tener menos exposición a activos con riesgo bastará con pedir el traspaso de participaciones sin pagar impuestos por ello. Si pretenden hacer la misma operación con depósitos, deberán vender participaciones del fondo con riesgo generando una ganancia patrimonial y, mientras que estén invertidos en depósitos, tributarán por los intereses abonados.

Enrique Borrajeros es socio director de Abante y miembro de EFPA España.

recomendar el artículo
portada de los lectores
copia para imprimir
Información gratuita actualizada las 24 h.
 SUSCRIBASE A
Más información
Renovar/Ampliar
Estado suscripción
Suscríbase aquí
Suscripción en papel
  Participación
Debates
Charlas
Encuentros digitales
Correo
PUBLICIDAD HACEMOS ESTO... MAPA DEL SITIO PREGUNTAS FRECUENTES

elmundo.es como página de inicio
Cómo suscribirse gratis al canal | Añadir la barra lateral al netscape 6+ o mozilla
Otras publicaciones de Unidad Editorial: Yo dona | La Aventura de la Historia | Descubrir el Arte | Siete Leguas

© Mundinteractivos, S.A. / Política de privacidad