MADRID.-
El fiscal de la Audiencia Nacional Fernando Burgos, quien solicitó la prisión atenuada para el preso de ETA en huelga de hambre José Ignacio de Juana Chaos, remitió ayer un informe a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que critica que fuera el Pleno de este órgano, y no el tribunal al que previamente correspondía esta cuestión, el que decidiera sobre el mantenimiento de la prisión provisional del terrorista.
Según informa Europa Press, el fiscal advierte de que la convocatoria «sorpresiva» del Pleno hurtó al abogado de De Juana la posibilidad legal de recusar a alguno de los magistrados.
La Fiscalía no recurrió la decisión del Pleno de mantener la prisión provisional de De Juana, pero sí ha aprovechado el informe que se le había solicitado sobre el recurso de súplica presentado por De Juana para verter sus críticas a la Sala de lo Penal.
A juicio de la Fiscalía, «el Pleno de la Sala de lo Penal omitió comunicar a las partes del proceso, y sobre todo a la defensa, la convocatoria y composición del Pleno». Según indica, «el incumplimiento de las normas orgánicas que obligan a ello puede adquirir trascendencia jurídica en el proceso si acarrea de forma efectiva la imposibilidad de emplear los recursos procesales habilitados para garantizar la imparcialidad del tribunal, como pieza imprescindible del derecho a un proceso justo y con todas las garantías».
Sobre el fondo de la cuestión, el fiscal Burgos reitera su postura anterior -defiende el traslado de De Juana a su domicilio bajo vigilancia policial-, si bien añade que «respeta y acata en todo caso» el auto del Pleno de la Sala del pasado 25 de enero, «para cuyo adecuado cumplimiento deberá adoptar cuantas medias sean precisas para garantizar la vida e integridad física del interno».
En un escrito de ocho páginas, el fiscal recoge el argumento del abogado de De Juana de que la convocatoria de un Pleno jurisdiccional de la Sala de lo Penal se puso en marcha «cuando al parecer ya habían comenzado las deliberaciones» de los tres magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, a los que correspondía resolver la cuestión. Precisamente estos tres jueces, más otra magistrada, fueron los que votaron en contra de mantener en prisión a De Juana.
Según la Fiscalía, «parece evidente que el desconocimiento de la composición del órgano jurisdiccional puede afectar de manera esencial al derecho a un proceso debido y con todas las garantías, y muy particularmente al derecho al juez imparcial y predeterminado por la ley que contempla el artículo 24.2 de la Constitución».
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