CAROL ALVAREZ
BARCELONA.-
Natividad tenía 34 años cuando una negligencia en la atención de su tratamiento posoperatorio la llevó a la extirpación del útero para salvarle la vida. Ahora, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha decidido indemnizar el error médico y ha condenado al Institut Català de la Salut, órgano del que dependía el centro médico que la atendió, a pagarle 26.000 euros por los daños causados.
La historia de Natividad ya empezó con mal pie. Seropositiva, los médicos que la atendían decidieron que la práctica de la cesárea era la mejor solución para ella y para evitar el riesgo de transmisión del virus a su hijo. Ella, sin embargo, no fue informada de los peligros de la intervención, «y dicha falta de información supone por sí misma un daño moral grave, distinto y ajeno al daño corporal derivado de la intervención», cuenta el TSJC.
Pero aún hay más. La cesárea se practicó, de forma programada, la tarde del 26 de marzo de 2002. Al llegar a la planta, se quejó de mucho dolor, y los facultativos decidieron administrarle Valium por orden telefónica.
Como el dolor no cesaba, le administraron también el fármaco Dolantina, que está contraindicado para ex drogadictos como la paciente. Aún más tarde, Natividad recibió una toma de morfina, igualmente contraindicada por su antigua adicción a las drogas.
No fue hasta que hubieron transcurrido ocho horas de la intervención de cesárea que la hipotensión que presentaba la paciente puso en aviso a los médicos de que su problema iba más allá del dolor propio del posoperatorio.
La hipotensión brusca, según coincidieron los peritos, «era indicativa de que existía alguna complicación, pero aún así no se llevó a cabo la intervención hasta 90 minutos después de la primera alarma», cuenta la resolución del alto tribunal catalán.
La laparatomía urgente que le practicaron entonces fue lo que detectó el hematoma que afectaba al útero, e imposible ya controlar el sangrado, los médicos optaron por practicar la extirpación de útero de la paciente. En definitiva, señala la sentencia, «se produjo un defecto de diagnóstico y de seguimiento sostenido durante excesivas horas, que condicionó la posterior evolución de la paciente, poniéndola en riesgo vital».
Por tratarse de una mujer de 34 años que ya era madre de tres hijos, los jueces han ajustado la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios.
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