Sábado, 10 de febrero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6264.
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 ECONOMIA
Las empresas que envían remesas deberán guardar copia de la identidad de sus clientes
La nueva orden gubernamental, que entra en vigor este lunes, pretende atajar el blanqueo de dinero
PASCUAL GARCIA

MADRID.- Las casas de cambio de monedas y transferencias con el exterior deberán identificar desde el próximo lunes a todas las personas que realicen operaciones mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, la tarjeta de residencia o el pasaporte el vigor, con el fin de evitar, según informó el Ministerio de Economía y Hacienda, «operaciones de blanqueo de capitales».

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El departamento de Pedro Solbes informó sobre la inminente aplicación de una orden que se aprobó el pasado 28 de julio y que también obliga a las entidades de cambio de moneda a guardar copia de los documentos de identificación. Desde el próximo lunes, las personas jurídicas o físicas que actúen en nombre de los usuarios de estos servicios deberán también ser adecuadamente identificadas.

El número de operaciones de cambio de moneda extranjera ha experimentado en España, tras la masiva llegada de trabajadores inmigrantes, un crecimiento significativo en los últimos años.

Según los últimos datos publicados por el Banco de España, las remesas que partieron desde España pasaron de los 2.844 millones de euros en 2002 (ver gráfico) a 5.002 millones en octubre de 2006 (último dato oficial). Durante el año 2004 se produjo prácticamente un equilibrio en las transferencias que dirigían los trabajadores españoles en el extranjero (4.184 millones) y las de los inmigrantes que partían desde España (4.189). Desde entonces, la balanza se ha inclinado para estos últimos, cuyas remesas superan en más de 1.000 millones a las que se reciben de españoles que trabajan en otros países. La nueva oreden regula también que en el supuesto de que las operaciones de un mismo cliente superen los 3.000 euros por trimestre natural, se llevarán a cabo medidas adicionales de identificación, orientadas a conocer la actividad o actividades que justifican la titularidad de los fondos que se manejan.

Igualmente, contempla obligaciones específicas para las prestadoras de este tipo de servicios, con el fin de mejorar el conocimiento de sus clientes, la conservación de la documentación de las operaciones realizadas y precisar los mecanismos de control interno. Estas obligaciones determinarán, entre otras cuestiones, la forma en la que se debe llevar a cabo la remisión de informaciones sobre operaciones sospechosas de encubrir actividades de blanqueo de capitales que pudieran ser detectadas.

El departamento de Pedro Solbes asegura que la nueva regulación incrementa «notablemente» la transparencia y seguridad de estos movimientos sin perjudicar los legítimos intereses de los trabajadores inmigrantes ni de sus familias.

El Gobierno subraya que ha tenido en cuenta ambas circunstancias a la hora de regular el sector de manera que, sin perjudicar el flujo normal de fondos remitidos por los extranjeros residentes en España, se pueda luchar eficazmente contra su posible utilización para blanquear dinero.

Además, el Ejecutivo recuerda que los foros internacionales especializados en la prevención del blanqueo de capitales vienen señalando que las actividades de gestión de transferencias en el exterior y de compra o venta de moneda extranjera y cheques de viajero son sectores «especialmente sensibles» en cuanto al blanqueo de capitales.

Por su parte, la Asociación Nacional de Agencias de Envío de Dinero (Anaed) aseguró ayer a la agencia Servimedia que la orden anunciada por el Gobierno traerá «seguridad al sector».

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