Sábado, 10 de febrero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6264.
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CONTAMINACION ACUSTICA / Los hechos
Un año de conflictos judiciales a consecuencia del ruido
Los vecinos que demandan al Ayuntamiento de Santa Cruz se apoyan en una sentencia que limitó a 55 los decibelios permitidos en la calle
ORLANDO GONZALEZ

SANTA CRUZ DE TENERIFE.- El conflicto surgido entre el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y un grupo de vecinos debido a los Carnavales, que ha llevado a un juez a suspender cautelarmente las celebraciones nocturnas a causa del ruido, arrancó hace más de un año.

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El 23 de enero de 2006, el abogado Felipe Campos presentó una demanda contra el Consistorio ante el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife, que se encuentra a cargo del magistrado Jaime Guilarte. Este juez es el mismo que el pasado miércoles paralizó, de forma provisional, la organización por el Ayuntamiento de actos musicales nocturnos de los Carnavales en la zona centro de la capital.

La demanda interpuesta en 2006 fue presentada por nueve vecinos y siete comunidades de propietarios que argumentaron la incompatibilidad entre su derecho a la intimidad personal y familiar y la celebración de una fiesta popular insoportablemente ruidosa para ellos.

En ese momento ya solicitaron por primera vez que se adoptase la medida cautelar de prohibir las celebraciones nocturnas dado su nivel de decibelios.

El 1 de febrero, los servicios jurídicos del Consistorio solicitaron al juez que denegara la medida cautelar exigida por los denunciantes. Entre otros aspectos, alegaron el interés turístico internacional de los Carnavales de Tenerife.

Seis días después de las alegaciones de la Corporación municipal, la Fiscalía emitió un informe en el que indicaba que no se oponía a la adopción de la medida cautelar que había solicitado el grupo de vecinos del centro de la ciudad.

Sin embargo, y cuando ya se atisbaba entre los carnavaleros un cierto aire de pesimismo por la posible suspensión de la fiesta, el día 10 de febrero un auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo determinó que no se suspendiera el Carnaval.

Así, la fiesta del año pasado pudo mantenerse y se dio por finalizada la primera batalla entre el Ayuntamiento y los afectados por el ruido de la celebración en la calle.

El 6 de marzo, no obstante, el abogado presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) un recurso de apelación contra la decisión del juez de no suspender cautelarmente las fiestas nocturnas.

El Tribunal Superior se pronunció sobre las medidas cautelares el 6 de septiembre de 2006. Fue un fallo adverso para los demandantes, ya que la sentencia desestimó el recurso de apelación presentado por Felipe Campos.

Falta de pruebas

Menos de un mes después, el 5 de octubre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo resolvió el fondo del asunto y dictó una sentencia por la que rechazaba la demanda vecinal «por falta de pruebas».

La secuencia se completa con la sentencia del TSJC del día 1 de enero de 2007, producto del recurso de apelación del abogado de los vecinos contra la sentencia dictada por el Juzgado en octubre de 2006.

Si bien el Tribunal Superior no prohibía la celebración de los Carnavales en la calle, limitaba a 55 decibelios el ruido que se podía generar.

Pese a que el Ayuntamiento vendió como un triunfo esta decisión judicial, el abogado de los demandantes dejó claro un día después de conocer el fallo que, si la sentencia se aplicaba tal y como especificaba el TSJC, los actos nocturnos que se celebran en la calle no se podrían llevar a cabo porque rebasarían los límites de ruido establecidos.

Pese a esta advertencia, el Consistorio de la capital tinerfeña ha continuado con los preparativos de la fiesta en la calle, un hecho que motivó, a su vez, que los vecinos denunciantes volvieran a pedir hace unas semanas la suspensión cautelar de los actos musicales nocturnos del Carnaval de 2007.

Esta petición fue acogida en el auto del pasado miércoles, en el que el magistrado Guilarte suspende de forma provisional los actos musicales nocturnos y cita a comparecer a las dos partes el próximo lunes para tomar una decisión definitiva sobre el levantamiento o mantenimiento de la medida cautelar.

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