Martes, 13 de febrero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6267.
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El juez reconoce a los dos demandantes como autores del burro catalán
NANDO GARCIA

BARCELONA.- Justicia salomónica. Eso es lo que parece haber aplicado el juzgado mercantil número 3 de Barcelona para resolver la pugna entre las dos partes que se disputaban la paternidad del burro catalán. De esta forma, el impulsor de la campaña de catalanidad conservará los derechos sobre la imagen que popularizó y el diseñador que lo ideó también.

La sentencia estima parcialmente las demandas que interpusieron Eloi Alegre, autor original del asno, y Jaume Sala y Alex Ferreiro, los empresarios que comercializaron la imagen. Ambos se acusaban de haber incumplido un pacto en 2004.

Alegre sostenía que en el año 2000 ideó el animal como alernativa al popular toro de Osborne, que simboliza a España. Después versionó el dibujo para añadirle una barriga blanca que diferencia a la raza protegida autóctona por encargo de la Associació para el Foment de la Raça Asnina Catalana. Cuatro años después se reunió con Sala y Ferreiro al percatarse de que estaban comercializando su creación, tras pedir permiso a la citada asociación. Las dos partes acordaron que el diseñador sería idemnizado con 700 euros, además de que rediseñarían el burro. No obstante, lo único que hicieron fue quitarle los testículos, el flequillo y bajarle la cola antes de inscribirlo en el Registro de la Propiedad Industrial e Intelectual. Fue entonces cuando Alegre demandó a los dos empresarios y se implicó en una campaña nacionalista que emplea el animal para denunciar que el diseño de Ferreiro y Sala era una imitación de su idea.

Ambas partes se reclamaban indemnizaciones de hasta 30.000 euros.Y así llegó el día del juicio, durante el que las partes mantuvieron sus irreconciliables posturas.

El juez considera en la sentencia que el acuerdo notarial que alcanzaron en 2004 no ha sido incumplido y añade que «decidieron que convivieran ambos dibujos». Por ello, considera ilógico «trasladar al mercado las diferencias personales o contractuales» y añade que no se ha producido ni vulneración de los derechos de la propiedad intelectual ni plagio ni copia.

El juez concluye que «deben estimarse las pretensiones meramente declarativas, la destinada a declarar que Sala es el autor del dibujo denominado burro catalán en los términos referidos en su marca, y que es creador de la campaña Planta't el burro. De igual modo debe reconocerse a Alegre la autoría del ruc de la Floresta que sirvió como vehículo a la mencionada campaña y que fue promocionado gracias a la misma». El fallo reparte en partes iguales hasta las costas del procedimiento. Lo dicho, justicia salomónica.

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