MADRID.-
La Audiencia Nacional ha obligado a Alcampo a dar permisos a los padres por el nacimiento de sus hijos y a los familiares de la madre de hasta segundo grado de consanguinidad, tras la demanda interpuesta por el sindicato UGT, según el fallo de la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.
Igualmente, el tribunal condena a cumplir esta sentencia a la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged), que representa los intereses de compañías como El Corte Inglés, Carrefour, Makro e Ikea, entre otras, y que no asistió al juicio.
«Declaramos el derecho de los trabajadores de Alcampo a disfrutar de la licencia retribuida en caso de hospitalización de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o de afinidad (...), sin más condicionamiento que la justificación de la hospitalización en sí de tales parientes, siendo en todo caso irrelevante el motivo de dicha hospitalización», dice el fallo.
UGT denunció que Alcampo niega a sus trabajadores de forma generalizada el derecho a disponer de permiso ante la hospitalización por parto de la pareja o de un pariente de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad al estimar que el permiso no corresponde cuando se trata de un alumbramiento sin complicaciones.
Ante el fallo de la Audiencia Nacional, Alcampo y la patronal de las grandes superficies de distribución pueden interponer un recurso de casación ordinaria ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
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