MADRID.-
Los ciudadanos españoles o extranjeros que entren o salgan de España transportando dinero en efectivo o cheques al portador por importe igual o superior a los 10.000 euros deberán declararlo a partir de hoy en un formulario específico, según informó el Ministerio de Economía. Esta obligación, recogida en la Orden Ministerial 1439 de 2006 contra el blanqueo de capitales, también afecta a cualquier ciudadano que transporte cantidades iguales o superiores a los 100.000 euros dentro del territorio nacional.
Según el Ministerio, «no se trata con esta norma de limitar la realización de estos movimientos, que son libres, sino de establecer, en aras de una mayor transparencia, únicamente la obligación de declarar su realización en un formulario creado al efecto».
Para no gravar injustificadamente este tipo de movimientos, añade la nota del Ministerio de Economía, la declaración será gratuita y no estará sometida al pago de tasa alguna.
El formulario que debe cumplimentarse está disponible, entre otras dependencias, en las páginas de internet de la Agencia Tributaria, del Tesoro Público y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac). La declaración podrá cumplimentarse ante la entidad bancaria donde esté abierta la cuenta de la que se retiren los fondos o ante la Agencia Tributaria.
La Orden Ministerial también señala que en caso de depósito de fondos en una entidad bancaria, ésta debe solicitar la exhibición del formulario correspondiente.
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