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El mentiroso siempre es pródigo en juramentos (Corneille) |
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Impresiones |
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Una decisión histórica, pero no un precedente |
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Por primera vez en la historia, el Supremo ha anulado una sentencia de los tribunales franquistas. La Sala de lo Militar, que preside el magistrado Angel Calderón, ha decidido revocar la condena a muerte dictada en 1937 contra Ricardo Puente González, un militante de Izquierda Republicana acusado de hacer «propaganda roja» desde su puesto de director de Radio Málaga. Como quiera que choca con el principio de seguridad jurídica, la revisión de una sentencia firme es un hecho excepcional en el Derecho procesal y sólo se puede aplicar en supuestos muy concretos. El caso de Ricardo Puente encaja como un guante en el quinto apartado del artículo 328 de la Ley Procesal Militar, que prevé la revisión «cuando sobre los propios hechos hayan recaído dos sentencias firmes y dispares». Antes de ser condenado en agosto de 1937, un consejo de guerra le había absuelto en abril del delito por el que luego fue condenado a muerte. El Supremo ha señalado para el próximo martes la deliberación sobre el caso de Salvador Puig Antich, último ejecutado del franquismo. Deberá decidir entonces si autoriza o no la revisión del proceso. La decisión que hoy adelantamos no es un precedente ni para ese caso ni para una revisión general de todos los juicios del franquismo. De hecho, la propia naturaleza excepcional del recurso de revisión obliga a la Justicia a ser muy cautelosa a la hora de pronunciarse en cada caso.
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