Martes, 27 de febrero de 2007. Año: XVIII. Numero: 6281.
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Las abogadas podrán suspender juicios en los primeros 60 días después de un parto
El TSJC y los Colegios de Abogados catalanes cierran un acuerdo para la conciliación familiar
CAROL ALVAREZ

BARCELONA.- Carolina, abogada y madre, no tendrá que acudir a un juzgado a trabajar con el bebé en brazos si se decide a tener otro hijo. Con el primero lo tuvo que hacer: apenas tenía un mes de vida su pequeño y un juez le negó el derecho a suspender un juicio que tenía señalado por entender que no era un motivo «de causa mayor». Pasó hace un año. Ahora, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) y los colegios de abogados catalanes, con el Colegio de Abogados de Barcelona a la cabeza, han puesto manos a la obra para mejorar la conciliación familiar de las mujeres que ejercen la abogacía.

El acuerdo, alcanzado hace una semana en el seno de la comisión mixta entre el TSJC y el Consell de Col·legis d'Advocats de Catalunya, explicita que el parto «dará lugar a la suspensión de los actos en los que tendría que intervenir la letrada afectada durante los 60 días siguientes en la fecha en la que se produce».

El motivo de suspensión se justificará mediante cualquier documento apto, como un informe o certificado médico o también con un certificado de nacimiento del hijo donde conste la identidad completa de la madre.

Según el documento consensuado, «el nuevo señalamiento se hará una vez hayan transcurrido los 60 días y en un período de tiempo adicional para el estudio o reestudio del asunto».

Sólo quedan al margen de esta indicación los casos en que el proceso judicial sea una causa con preso. En tal caso, la suspensión del juicio se aceptará igual pero se pedirá a la abogada afectada que designe un nuevo letrado para que represente a su cliente.

La presidenta del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), Maria Eugènia Alegret, explicó ayer que este protocolo es un paso adelante en la mejora de las condiciones de conciliación familiar y laboral en la Administración de Justicia.

De hecho, Alegret ha reclamado en más de una ocasión la necesidad de buscar medidas orgánicas imaginativas que procuren, de un lado, que las mujeres jueces puedan conciliar la vida familiar y la profesional y, de otro, que el servicio no quede alterado o perjudicado por esas circunstancias.

La decana del Colegio de Abogados de Barcelona, Sílvia Giménez-Salinas, por su parte, mostró ayer su satisfacción por el consenso obtenido, y espera que las recomendaciones que contienen este protocolo sean acogidas por los jueces con normalidad.

De hecho, fue la misma Giménez-Salinas quien tuvo que acudir los juzgados el día que la abogada Carolina de la Fuente se presentó a defender una demanda contencioso-administrativa con su bebé de un mes en brazos y el cochecito.

La decana, en aquella ocasión, medió ante el magistrado que ocupaba de forma temporal el juzgado contencioso-administrativo número 5 de Barcelona para lograr un aplazamiento de la sesión, que contaba con una larga prueba testifical.

Giménez-Salinas logró poner de acuerdo a las partes en conflicto y una vez obtenido este consenso, el juez no opuso reparos a la petición de aplazamiento que le solicitaban.

La Comisión de Relaciones con las Administraciones y la Justicia (CRAJ) del Colegio de Abogados de Barcelona lleva años acumulando quejas y reivindicaciones por hechos similares, que afectan especialmente a las abogadas jóvenes y a los pequeños despachos que no pueden sustituir de manera automática a una letrada afectada.

Lo más curioso es que, si bien esta incomprensión se da en todas las jurisdicciones, el 80% de jueces que actúan así son mujeres, según la CRAJ.

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