Sábado, 17 de marzo de 2007. Año: XVIII. Numero: 6299.
ÚLTIMAS NOTICIAS TU CORREO SUPLEMENTOS SERVICIOS MULTIMEDIA CHARLAS TIENDA LOTERÍAS
Primera
Opinión
España
Mundo
Economía
Motor
Deportes
Cultura
Toros
Comunicación
Última
Índice del día
Búsqueda
 Edición local 
M2
Catalunya
Baleares
 Servicios 
Traductor
Televisión
Resumen
 de prensa
Hemeroteca
Titulares
 por correo
 Suplementos
Magazine
Crónica
El Cultural
Su Vivienda
Nueva Economía
Motor
Viajes
Salud
Aula
Ariadna
Metrópoli
 Ayuda 
Mapa del sitio
Preguntas
 frecuentes
Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa (Montesquieu)
 CATALUNYA
Un error del juez y del fiscal obliga a la Audiencia a absolver a un maltratador
Los fallos en cadena impiden al tribunal de BCN a condenar en un caso de violencia doméstica
CAROL ALVAREZ

BARCELONA.- El diagnóstico de Mariella era de cajón. A saber: contusiones en el cráneo y en el brazo, que le fueron tratadas en el hospital. Con el protocolo de malos tratos en la mano, los facultativos se pusieron en alerta y la justicia misma consideró que sí, que su marido la había pegado pero no, no le pareció probado que hubiera cometido un delito. Y le absolvió.

Ahora, la Audiencia de Barcelona ha revisado el proceso en apelación para llegar a dos conclusiones: una, que el procesado debería haber sido condenado por malos tratos; y dos, que con la ley en la mano, ya no se puede deshacer en entuerto. Y no le queda más remedio que mantener el fallo absolutorio.

Los errores producidos durante el procedimiento fueron tanto del juzgado penal como luego de la Fiscalía, según reconoce el tribunal de la sección vigésima de la Audiencia de Barcelona en su sentencia.

Los hechos sucedieron al filo de la medianoche del 25 de abril de 2006. Mariella ingresaba en el Hospital de la Santa Creu i Sant Pau de Barcelona para ser atendida de una contusión craneo-facial y de una contusión en el antebrazo izquierdo. Por esas lesiones, tardó dos días en curarse.

El juzgado penal número 23 de Barcelona enjuició la presunta comisión de un delito de violencia doméstica, y sentó en el banquillo de los acusados al marido de Marielle.

La sentencia, tras la vista, declaró probado que el acusado estaba con Marielle en el domicilio familiar, que se inició de repente una discusión familiar entre ambos y que la bronca acabó de la peor manera, cuando el acusado golpeó con la mano a su mujer.

Dicho esto, el juez razonó que no había «prueba de cargo» suficiente contra el acusado y le absolvió. Señala la Audiencia, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María del Carmen Zabalegui, que esta resolución «es susceptible de anulación» por su incongruencia, ya que de los hechos probados se desprende que el acusado cometió un delito del artículo 153 del Código Penal. Ahora bien, como que la Fiscalía, única parte recurrente, no pidió la anulación, el tribunal está impedido por ley a hacerlo de oficio.

Y es que la Fiscalía se limitó a pedir en su recurso que el procesado fuera condenado porque había habido un error en la calificación de los hechos pero, para la Audiencia, esta circunstancia no se produjo: el juzgado dio una serie de argumentos para justificar su absolución, como que el acusado había negado los hechos y que la mujer y víctima se había acogido a su derecho a no declarar.

La absurda situación producida ha llevado a la justicia a concluir que no existió prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, y, según la Audiencia de Barcelona, «por ello lo único que podemos hacer a través de la presente resolución es adecuar los hechos probados a los razonamientos de la sentencia recurrida».

Lo que en la práctica, ha llevado a la Audiencia a dictar una nueva sentencia que considera que ni hubo discusión, ni hubo golpe, ni agredió el acusado a su mujer, en definitiva. Para reparar así la incongruencia del primer juez, la Audiencia sólo puede cambiar el redactado de lo que pasó. Y así, no pasó nada.

recomendar el artículo
portada de los lectores
copia para imprimir
Información gratuita actualizada las 24 h.
 SUSCRIBASE A
Más información
Renovar/Ampliar
Estado suscripción
Suscríbase aquí
Suscripción en papel
  Participación
Debates
Charlas
Encuentros digitales
Correo
PUBLICIDAD HACEMOS ESTO... MAPA DEL SITIO PREGUNTAS FRECUENTES

elmundo.es como página de inicio
Cómo suscribirse gratis al canal | Añadir la barra lateral al netscape 6+ o mozilla
Otras publicaciones de Unidad Editorial: Yo dona | La Aventura de la Historia | Descubrir el Arte | Siete Leguas

© Mundinteractivos, S.A. / Política de privacidad