Sábado, 17 de marzo de 2007. Año: XVIII. Numero: 6299.
ÚLTIMAS NOTICIAS TU CORREO SUPLEMENTOS SERVICIOS MULTIMEDIA CHARLAS TIENDA LOTERÍAS
Primera
Opinión
España
Mundo
Economía
Motor
Deportes
Cultura
Toros
Comunicación
Última
Índice del día
Búsqueda
 Edición local 
M2
Catalunya
Baleares
 Servicios 
Traductor
Televisión
Resumen
 de prensa
Hemeroteca
Titulares
 por correo
 Suplementos
Magazine
Crónica
El Cultural
Su Vivienda
Nueva Economía
Motor
Viajes
Salud
Aula
Ariadna
Metrópoli
 Ayuda 
Mapa del sitio
Preguntas
 frecuentes
Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa (Montesquieu)
 ESPAÑA
CRISIS ANTITERRORISTA / El fiscal recurrirá el lunes la decisión de la Sala y pedirá su nulidad radical / El Tribunal Supremo no resolverá hasta después de las elecciones el proceso que puede llevar a la cárcel al líder 'abertzale'
La Audiencia rechaza el intento de la Fiscalía de aplazar el juicio a Otegi y lo mantiene para el miércoles
MARIA PERAL

MADRID.- La Sección Penal Cuarta de la Audiencia Nacional ha rechazado la pretensión de la Fiscalía de suspender el juicio oral que está señalado contra Arnaldo Otegi para el próximo miércoles por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo.

Publicidad
En una decisión que ha generado un «profundo malestar» en la Fiscalía, el Tribunal ha desestimado por providencia un escrito presentado el pasado día 14 por la acusación pública, en el que pedía el aplazamiento de la vista contra el dirigente de la ilegalizada Batasuna hasta aclarar la situación de otros dos implicados, Jon Salaberría y Araitz Zubimendi, aunque los problemas procesales que les afectan no son extensibles a Otegi y éste podría ser sometido a juicio de forma autónoma.

Arnaldo Otegi y Jon Salaberría fueron juzgados en marzo de 2004 por el Tribunal Superior del País Vasco (TSJPV) por el homenaje a la etarra Olalla Castresana, fallecida cuando manipulaba un artefacto explosivo.

El TSJPV absolvió a Salaberría, pero condenó a 15 meses de prisión a Otegi, que durante el acto expresó su «aplauso más caluroso a todos los gudaris [soldados] que han caído en esa larga lucha por la autodeterminación».

El 19 de enero de 2006, la Sala Penal del Supremo estimó el recurso de casación interpuesto por Otegi y revocó la sentencia del Tribunal vasco por falta de imparcialidad de la Sala. Dos de los tres magistrados que celebraron el juicio contra Otegi y Salaberría habían intervenido de forma relevante en la instrucción.

El Supremo ordenó la retroacción del procedimiento al momento anterior al juicio oral para que éste se repita. Pero, en el ínterin, Otegi perdió su fuero ante el TSJPV al dejar de ser diputado autonómico. Ello determinó que el Tribunal vasco enviara el procedimiento a la Audiencia Nacional, competente en materia de terrorismo.

El pasado 28 de febrero, la Sección Penal Cuarta de la Audiencia señaló para el 21 de marzo el comienzo del juicio oral contra Otegi, Salaberría y Zubimendi. Pero esta última fue juzgada -y absuelta- por el TSJPV en un juicio posterior al de Otegi y Salaberría, porque cuando éstos fueron enjuiciados Zubimendi se encontraba en rebeldía. Ahora es Salaberría el que está prófugo de la Justicia, tras negarse a comparecer en mayo de 2005 en el proceso contra Batasuna que instruye el Juzgado Central de Instrucción número 5.

El 14 de marzo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional pidió la suspensión del juicio señalado para el próximo miércoles basándose, de un lado, en que la absolución de Zubimendi es un dato proporcionado por su defensa, pero la sentencia no consta en el procedimiento, por lo que es necesario solicitar al TSJPV que la remita para comprobar el fallo y determinar sus efectos.

De otro, el Ministerio Público sostiene que Salaberría no puede volver a ser juzgado por unos hechos de los que fue absuelto por el TSJPV en marzo de 2004. Afirma que, aunque el Supremo anulara la resolución del tribunal vasco, los efectos de esa revocación sólo pueden afectar al recurrente (Otegi), pero no empeorar la situación de quien no recurrió (Salaberría).

Alegando también la imposibilidad de un doble enjuiciamiento, la defensa de Salaberría recurrió el 12 de marzo el señalamiento del juicio oral.

El recurso de súplica de Salaberría (al que se adhirió la Fiscalía) ha sido resuelto por la Sección Penal Cuarta en un auto conocido ayer por el que, sin argumentar sobre la cuestión del doble enjuiciamiento, le declara en rebeldía y suspende, por ese motivo, el proceso contra él.

En el mismo auto, la Sección acuerda «mantener el señalamiento del juicio respecto del otro acusado debidamente citado», Arnaldo Otegi.

Paralelamente, el Tribunal ha resuelto por una escueta providencia el escrito presentado por la Fiscalía el día 14, limitándose a señalar «estése a lo acordado» en el auto sobre el recurso de Salaberría.

Al no haber obtenido contestación a sus alegaciones, la Fiscalía pedirá el próximo lunes la nulidad radical de la providencia de la Sección.

Fuentes de la Fiscalía criticaron ayer severamente a la Sección, que, a su parecer, «está obligando a la única parte acusadora a ir a un juicio con un escrito de acusación que ya no sirve».

El escrito de acusación relativo al juicio del miércoles es el mismo que los fiscales del País Vasco presentaron al TSJPV en 2004. La Fiscalía de la Audiencia Nacional sostiene que la Sección Penal Cuarta debe permitirle, antes de la vista, «adecuar» ese escrito a la situación de Salaberría y Zubimendi.

La complicada situación procesal del Otegi está también pendiente de lo que decida la Sala Penal del Supremo respecto a otro proceso en el que el dirigente abertzale fue condenado a 15 meses de prisión por la Audiencia Nacional. Se le consideró autor de otro delito de enaltecimiento del terrorismo por su participación en el homenaje al etarra Argala.

De confirmarse este fallo condenatorio, Otegi irá a prisión, ya que tiene pendiente de cumplimiento otra condena a un año de cárcel por injurias al Rey. En el supuesto de que el Supremo ratifique el fallo por el homenaje a Argala, Otegi deberá cumplir esta pena y la que recibió por injuriar al Rey, que es firme pero se encuentra provisionalmente suspendida.

Fuentes del Tribunal Supremo aseguran que la Sala Penal no examinará el recurso de Otegi por el caso Argala hasta después de las elecciones del próximo 27 de mayo.

La Sala Penal mantiene desde hace años la práctica de no resolver causas que pueden tener trascendencia política con el fin de no influir en el resultado electoral.

Las fuentes consultadas negaron que se haya señalado para el 12 de abril la vista del recurso de Otegi contra la sentencia condenatoria del caso Argala. Una providencia -no firmada por la Sala- fue notificada el pasado martes por error, pero ayer mismo fue notificada otra providencia para aclarar la confusión y comunicar a las partes que este proceso está pendiente de señalamiento.

Así las cosas, es improbable que Otegi pueda verse perturbado por una orden de ingreso en prisión antes de junio.

recomendar el artículo
portada de los lectores
copia para imprimir
Información gratuita actualizada las 24 h.
 SUSCRIBASE A
Más información
Renovar/Ampliar
Estado suscripción
Suscríbase aquí
Suscripción en papel
  Participación
Debates
Charlas
Encuentros digitales
Correo
PUBLICIDAD HACEMOS ESTO... MAPA DEL SITIO PREGUNTAS FRECUENTES

elmundo.es como página de inicio
Cómo suscribirse gratis al canal | Añadir la barra lateral al netscape 6+ o mozilla
Otras publicaciones de Unidad Editorial: Yo dona | La Aventura de la Historia | Descubrir el Arte | Siete Leguas

© Mundinteractivos, S.A. / Política de privacidad