Miércoles, 21 de marzo de 2007. Año: XVIII. Numero: 6303.
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Indemnizan a una mujer a la que no extrajeron toda la placenta tras el parto
CAROL ALVAREZ

BARCELONA.- El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Institut Català de la Salut a indemnizar con 6.981 euros a una mujer a la que en un parto se olvidaron de extraerle toda la placenta. La paciente, María Isabel A.A., sufrió una fuerte hemorragia a consecuencia del error médico y necesitó 24 días de hospitalización y atención psicólogica ante una depresión.

Los hechos se remontan al 13 de enero de 1999, cuando la mujer dio a luz a su primer hijo el 13 de enero de 1999 en el Hospital Sant Joan XXIII de Tarragona. A los dos días fue dada de alta médica, pero una semana después del parto, se vio obligada a volver a ingresar de urgencias a causa de una fuerte hemorragia vaginal.

La mujer fue sometida a un raspado, tras el cual se encontraron restos de placenta en el útero, según indica la sentencia de la sección quinta de la sala contencioso-administrativa del TSJC.

La hemorragia provocada por esta circunstancia fue el primero de sus males: a continuación desarrolló un tromboembolismo pulmonar, una trombosis venosa profunda y una varicoflebitis. El alto tribunal catalán señala en su resolución que las lesiones son consecuencia de la negligente actuación de los médicos que asistieron al parto.

El mismo Departament de Salut reconoció en una resolución de 2002 la responsabilidad patrimonial de la Administración, pero redujo la cuantía indemnizatoria a 3.600 euros.

Recurrida la resolución por la perjudicada, la sentencia del TSJC entiende que fue «insuficiente» la cantidad que le otorgaron «para resarcir el importante desasosiego, incertidumbre y preocupación que padeció» la mujer con el parto de de su primer hijo «por un actuar administrativo negligente».

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