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La conciencia del peligro es ya la mitad de la seguridad y de la salvación (Ramón J. Sender) |
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LA CIFRA DEL DIA / 311.501 |
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MERRILL LYNCH, OBLIGADA A INDEMNIZAR A DOS CLIENTES |
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La Audiencia Provincial de Oviedo ha confirmado la condena ya impuesta en primera instancia al banco de negocios americano Merrill Lynch,por la que deberá resarcir a dos clientes con 311.501 euros por «la gestión agresiva y de alto riesgo» de su patrimonio realizada sin consentimiento, informó ayer la OCU. El dictamen, con fecha de 20 de diciembre de 2006, da la razón a los demandantes en todos los puntos, con lo que condena a Merryl Lynch al pago de las costas del proceso y declara nulas las cláusulas que imponen que el arbitraje de entidades radicadas en Estados Unidos se haga según las leyes de ese país y la que exime de responsabilidad al banco de negocios. Los hechos comenzaron en octubre de 1999, cuando el demandante decidió confiar la gestión de 841.000 euros del patrimonio familiar, a su nombre y el de su madres, al equipo de banca privada de Merrill Lynch. En un principio se le propuso un plan de inversión «prudente y conservador» del que cabría esperar una rentabilidad media, se le aseguró, de en torno a un 8%. Sin embargo, en el plazo de unos meses la rentabilidad se volvió negativa y las pérdidas se agravaron. Al entender que el banco había invertido en operaciones de riesgo sin recabar el consentimiento familiar, el afectado denunció a la entidad en la primavera de 2002.
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