Manuel Conthe alude al párrafo segundo del artículo 33 del Código de Buen Gobierno y al artículo 34 para justificar su dimisión
«Y que cuando el Consejo adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, éste saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente».
«Que cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique las razones en una carta que remita a todos los miembros del consejo.Y que, sin perjuicio de que se comunique como hecho relevante, se dé cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo».
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