Martes, 3 de abril de 2007. Año XIX. Número: 6.316.
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El Gobierno exige a ASB un rechazo expreso del terrorismo y el fiscal no lo cree suficiente
El Ministerio Público considera que hay pruebas «tan claras» de la vinculación del nuevo partido con Batasuna que ni siquiera la condena de la violencia les serviría para lograr la legalización
ANGELES ESCRIVA / MARIA PERAL

MADRID.- El Gobierno considera que Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) ha de realizar un rechazo explícito de la violencia terrorista en sus estatutos si quiere quedar inscrita en el Registro del Ministerio del Interior y ser legalizada, según fuentes del Departamento dirigido por Alfredo Pérez Rubalcaba. Ésta será una de las premisas de la demanda que la Abogacía de Estado presentará hoy ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo.

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La Fiscalía también interpondrá su propia demanda contra ASB, de cuya relevancia da muestra el hecho de que será presentada en rueda de prensa por el propio fiscal general, Cándido Conde-Pumpido. El escrito, sin embargo, no aboga por que la nueva plataforma abertzale deba hacer esa condena -una cuestión jurídicamente compleja- ya que las pruebas de que ASB es una sucesión de Batasuna son «tan claras» que el contraindicio de rechazar la violencia no tendría virtualidad para hacer desaparecer la vinculación entre ambas formaciones.

El Gobierno defiende que no son suficientes los avances realizados por los promotores de ASB al recoger en el artículo 2º de sus estatutos su apuesta por la defensa de los métodos «exclusivamente democráticos» para la consecución de objetivos políticos. El Ejecutivo ha realizado un estudio de las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en lo relativo a la ilegalización de partidos y a la presentación de plataformas electorales y considera que, para que quede clara la desvinculación de Batasuna, los principios fundacionales de ASB han de contener el contraindicio del rechazo de la violencia terrorista. De hecho, la propia Batasuna y otras siglas afines incluyeron en su día expresiones respetuosas con la Constitución y la democracia, pero luego todos ellos resultaron ser partidos herederos de la formación ilegalizada.

El caso de ASB constituye un supuesto novedoso y con la complicación que implica el hecho de carecer de precedentes jurídicos. No en vano, es la primera vez que se trata de la inscripción de un nuevo partido, mientras en las anteriores ocasiones el objeto de discusión ha sido la ilegalización de un partido ya existente o de agrupaciones electorales.

En cualquier caso, la demanda del Ejecutivo incluirá la exigencia del contraindicio consistente en rechazar la violencia, e informes policiales y judiciales que, desde su punto de vista, demuestran que ASB vulnera dos artículos de la Ley de Partidos: el relativo a las convocantes, dos de ellas pertenecientes a la Mesa Nacional (Marije Fullaondo y Juana Regueiro) y una tercera que en su día fue asesora de Batasuna en el Ayuntamiento de San Sebastián, y el que hace referencia al nombre de la formación. El Ejecutivo considera que el término Batasuna no es un genérico, sino que a lo largo del tiempo ha ido convirtiéndose en el referente de un colectivo muy concreto.

La Fiscalía sostiene, por su parte, que los estatutos de ASB traspasan «cuatro límites claros» establecidos por la Ley de Partidos y que, a su parecer, todo partido debe tener en cuenta si no quiere ser considerado una sucesión de Batasuna.

La demanda de la Fiscalía parte de la consideración, reiteradamente expuesta por el Tribunal Constitucional, de que la ilegalización de Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna no produce la privación de los derechos civiles de los ciudadanos vascos que militen en la izquierda abertzale. «La Ley de Partidos», explicaron fuentes del Ministerio Público, «no ilegaliza a los 150.000 votantes de Batasuna ni les prohíbe participar en política. Lo que sanciona es la sucesión o la continuación de Batasuna. El nuevo partido tiene que ser, de verdad, nuevo. Claro que puede estar formado por gente de la izquierda abertzale; lo que no puede ser es que esté hecho desde Batasuna».

A su juicio, esto último es lo que sucede con ASB. En primer lugar, porque dos de los tres únicos nombres que figuran en los estatutos -los de las promotoras del partido- son de personas que dirigen Batasuna desde la ilegalidad: «Si dos de los tres representantes del partido pertenecen a la Mesa Nacional de Batasuna, es claro que desde el propio órgano dirigente anterior nace el nuevo».

La Fiscalía ha acreditado la pertenencia de Fullaondo y Regueiro a la actual Mesa Nacional de Batasuna (constituida en la primavera de 2006) a través de informes policiales y resoluciones judiciales que constan en sumarios de la Audiencia Nacional y que se adjuntan a la demanda.

En segundo lugar, el Ministerio Público afirma que el nombre Batasuna «no es reutilizable» porque no es una simple denominación sino una «característica representativa» de una misma formación política que va cambiando de marca. Así se pone de manifiesto por el hecho de que dos de los tres partidos ya ilegalizados incluían el nombre Batasuna.

En tercer término, el organigrama de ASB reflejado en los estatutos es una «copia mimética» del de Batasuna, lo que supone un indicio de que lo que se pretende es trasvasar los órganos directivos de la formación ya ilegalizada a la nueva. Fuentes de la Fiscalía subrayan que la identidad de estructuras es, si cabe, más significativa porque no era algo obligado: EH no tenía la misma estructura que su predecesora (HB) ni que su sucesora (Batasuna).

Finalmente, ASB incumple, en opinión de la Fiscalía, el límite impuesto por el artículo 12 de la Ley de Partidos de no estar «en disposición de apoyar la violencia o el terrorismo». Una de sus tres promotoras está imputada por colaboración con banda armada.

Para el Ministerio Fiscal, ASB «o cualquier otra sigla» puede ser legalizada «si respeta esos límites». «Pueden ser los mismos, pero no lo mismo», señalaron.

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