Domingo, 8 de abril de 2007. Año: XVIII. Numero: 6321.
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Elegir tu propio tutor
Más de 5.000 catalanes han decidido quién les ha de tutelar si enferman
CAROL ALVAREZ

BARCELONA.- Entre la vida y la muerte, existe un estado de conciencia en el que uno no puede decidir por sí mismo, porque está incapacitado, y otra persona ha de tomar las riendas de su existencia. Si en un testamento se vuelcan las últimas voluntades, la institución de la autotutela se erige como una penúltima voluntad: quien la designa, decide en plenitud de facultades quién ha de hacerse cargo de él si una enfermedad le priva de la razón o el entendimiento.

Cataluña fue pionera al instituir esta figura jurídica en el Código de Familia en 1996, que no llegó a la legislación estatal hasta 2003. El director general de Dret i d'Entitats Jurídiques del Departament de Justícia, José Pascual Ortuño, explica que se trata de «un instrumento jurídico muy útil», pese a lo cual poca gente hace uso de él.

«La nueva ley del divorcio y la legislación en parejas de hecho también ha incidido» en el registro tutelar, explica Pascual Ortuño. Los largos trámites judiciales que se tenían que afrontar antes para legalizar una ruptura o el vacío legal que existía ante las parejas homosexuales fue un motivo que impulsó la creación del Registro.

El nuevo boom de inscripciones se producirá, según las previsiones de Justícia, con la entrada en vigor de la Ley de Dependencia, que prevé más ayudas para la atención de enfermos.

El registro de nombramientos tutelares no testamentarios de Justícia cuenta con 5.703 inscripciones de autotutela. 5.430 son designaciones, 133 exclusiones, otras 133 revocaciones de designación y siete más son revocaciones de exclusión.

Pascual Ortuño explica que las exclusiones son tan importantes como las designaciones a efectos de hacer efectiva la voluntad del que decide acudir a la autotutela. Por poner un ejemplo, una persona que elige un tutor para el caso de que llegue un momento en que esté incapacitada para decidir, puede también elegir quién no quiere bajo ninguna circunstancia que intervenga en su futuro. Desavenencias familiares o complejas relaciones pueden llevar a cualquiera a dilemas de este tipo que sólo se salvan con una exclusión ante notario, de manera similar a lo que se puede realizar a través de un testamento para el caso de fallecimiento.

Casos hay. Desde el hombre que, pese a mantener relación matrimonial con su mujer convive sentimentalmente con otra persona y recurre a la autotutela para designar a su pareja real como futuro tutor, hasta parejas homosexuales que utilizan el registro para protocolizar su deseo, al que son ajenos sus parientes cercanos.

No sólo sobre el futuro de uno decide quien recurre a los nombramientos tutelares: otras veces, menos, se trata de decidir por un hermano o un hijo, por unos padres. A 31 de diciembre de 2006, el registro incluía 821 nombramientos de estas características, 790 de ellos designaciones de tutor, y 20 exclusiones claras. Sería el caso de una mujer que, con un hijo menor en patria potestad, designa a la persona que se hará cargo de él en caso de que pierda sus facultades para hacerlo ella misma.

El trámite es sencillo, apenas se ha de formalizar ante un notario y éste remitirlo después al registro.

Con todo, Pascual Ortuño cuenta que es muy bajo -apenas un 2%- el porcentaje de certificados positivos que emite el registro ante las consultas que hacen los jueces para verificar si existe alguna voluntad expresa por parte de alguien que ha perdido sus facultades mentales. Desde que existe el registro, el Departament de Justícia ha expedido ya 12.168 certificados en respuesta a la pretensión del órgano judicial.

El director general de Dret i d'Entitats Jurídiques apunta que quienes recurren al nombramiento tutelar no testamentario lo hacen «desde la salud y la conciencia» y suelen ser personas con un nivel cultural alto, que conocen las leyes y sus ventajas, de manera similar a quien suscribe un testamento vital.

También pueden presentar problemas, pero son mínimos y subsanables en los tribunales. Pascual Ortuño recuerda el caso de una mujer adinerada que designó en autotutela a una amiga con la que convivía, y que la abandonó al poco de desarrollar una demencia senil.Como la autotutela estaba vigente, la familia intervino y recurrió a los juzgados, donde la situación volvió a su cauce.

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