Martes, 10 de abril de 2007. Año: XVIII. Numero: 6323.
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Los abogados de BCN denuncian que la asistencia jurídica a presos es deficiente
El Colegio de Abogados reclama a Justícia que cambie el sistema para garantizar su efectividad
CAROL ALVAREZ

BARCELONA.- El Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) denuncia que la asistencia e información a los presos relacionada con su situación carcelaria es insuficiente y presenta problemas de funcionamiento que afectan a los derechos de los internos.

Según la memoria del ICAB, a pesar de que el Departament de Justícia «valora positivamente» el funcionamiento del servicio, que se activó en octubre de 2005, la comisión de Derecho Penitenciario del Colegio de Abogados «considera que hay aspectos que se han de mejorar y que existen unas problemáticas específicas para solucionar».

Los abogados, así, reclaman a Justícia «un replanteamiento del servicio» para adecuarlo a les necesidades reales de los internos y «sobre todo, para garantizar su efectividad». De hecho, el ICAB plantea que «sería recomendable» que su seguimiento y control fuera asumido por los mismos colegios de abogados, que conocen las especificidades del servicio.

La mayor parte de solicitudes de abogado de oficio aluden a concesiones de permisos y redención de penas por el trabajo prevista en el antiguo Código Penal, y los abogados recuerdan que el servicio se ha implantado bastante tarde y «a raíz de una fuerte reivindicación» por parte del ICAB -el primer servicio se implantó en 1986 en la comunidad autónoma de Madrid.

Los abogados barceloneses también denuncian que el modelo de prestación de servicio implantado por la Generalitat «es una de las principales causas de que el sistema no funcione adecuadamente».Así, la Administración catalana contrata abogados que, tras superar un curso y acreditar experiencia penitenciaria, ejercen funciones exclusivamente de asesoramiento y canalizan las solicitudes de los presos a los organismos pertinentes, a 30 euros la hora.La mayoría de presos piden, precisamente, un abogado de oficio, por lo que se dilata el proceso entre que informa al ICAB, se asigna a un letrado, y éste realiza la visita al interno.

En otras comunidades, el mismo servicio lo dispensan los abogados que luego llevan su asunto, de manera que se agiliza el sistema y se gana en efectividad.

Desde el Consell de Col·legis d'Advocats de Catalunya, se recuerda en un informe que «hay carencias puntuales en el equipamiento de las dependencias», pero se incide en la «falta de acoplamiento» entre la función que realiza el servicio y la designación de un abogado de oficio.

El ICAB también señala en un informe las dificultades que genera la saturación de las cárceles y la ausencia de una normativa procesal penitenciaria -que está en trámite de elaboración-, e incluso la dificultad de implementar las penas alternativas a prisión «pese a los esfuerzos de la jurisdicción penitenciaria -el control corresponde a los juzgados de vigilancia».

Finalmente, los abogados denuncian la problemática existente por la «falta de uniformidad de criterios» entre Fiscalía, centros penitenciarios y jurisdicción penitenciaria para la concesión de permisos, la clasificación y la libertad condicional.

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