Martes, 10 de abril de 2007. Año: XVIII. Numero: 6323.
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 MADRID
M2 / PRECAMPAÑA
4.314.659 sufragios buscan candidato
El plazo para la comprobación de los datos del censo acaba el próximo día 16. Más de 38.000 extranjeros podrán elegir a su alcalde. El 17 de mayo finaliza el plazo del voto por correo
J. G. T.

El futuro inmediato de cientos de sufridos políticos está en manos de más de 4,3 millones de electores. En concreto, hay censadas en la Comunidad de Madrid 4.314.659 personas que tienen derecho a votar en las próximas elecciones autonómicas y municipales que se celebrarán el próximo 27 de mayo, según los datos que facilitó ayer el Instituto Nacional de Estadística (INE). En esta cifra están incluidos los 143.617 madrileños residentes en el extranjero y que tienen derecho a introducir el sufragio en la urna, junto con los 38.022 ciudadanos de la Unión Europea.

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Hay que recordar que los vecinos del viejo continente que residen en España sólo pueden participar en la elección de sus alcaldes, no de los presidentes de la regiones. Dentro de este apartado, se encuentran, también, los noruegos empadronados en Madrid.

Aquellos que quieran comprobar si sus datos son correctos, tienen hasta el próximo día 16. Los listados de los inscritos se encuentran en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. En el extranjero, la consulta se puede hacer en los consulados españoles. El que esté interesado en confirmar que sus datos son correctos, deberá identificarse debidamente. Lo puede hacer mediante el sistema informático municipal, en el caso en el que lo tuviera el Ayuntamiento en cuestión, o a través de la presentación del listado. Una vez cerrado el plazo, cada elector recibirá una tarjeta censal, emitida por la Oficina del Censo Electoral, en la que se indicará el local en donde tiene que acudir a votar, su dirección y la mesa en la que le corresponde. Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo atenderán las consultas y también en el teléfono 901 101 900.

La reciente entrada de Rumanía y Bulgaria en la UE, había hecho saltar las sirenas en los partidos políticos. El motivo es que su alta concentración en determinadas zonas de la Comunidad podían hacer cambiar el sentido del voto. Si se tiene en cuenta que en localidades del Este como Alcalá de Henares o Arganda, sólo la población rumana supera las 15.000 personas, y el número total de extranjeros con derecho a voto en la región es de 38.022 personas, la conclusión es clara: no se han volcado en los comicios.

Pese a que no han existido censos oficiales, se estima que el número de rumanos que viven en la Comunidad de Madrid supera las 150.000 personas y los búlgaros rondan los 30.000. A comienzos de enero, cuando entraron en la UE, no era extraño verlos en los Ayuntamientos formando largas colas para empadronarse. Pero, además, los que tenía las intención de votar en las elecciones del 27 de mayo, debían censarse y ésos han sido pocos. Es decir, que tenían que volver a dar sus datos. Su número, como queda de manifiesto en las cifras de la Oficina del Censo Electoral, ha sido muy reducido.

Por otro lado, las oficinas de Correos de todo el país disponen ya de los impresos necesarios para solicitar el certificado de inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correo.

El pasados jueves 5 de abril se publicó en el B.O.E. la Orden firmada por la ministra de Fomento, Magdalena Alvarez, por la que se dictan normas sobre la colaboración del servicio de Correos.

El voto por correo, con el DNI

El certificado se podrá solicitar hasta el día 17 de mayo de 2007 (incluido). Los ciudadanos podrán realizar la solicitud del voto personalmente, presentando el DNI, pasaporte o permiso de conducir originales al empleado de la oficina de Correos, quien facilitará el impreso oportuno. Correos trasladará dichas peticiones, con carácter gratuito y como envíos certificados y urgentes, a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que, una vez realizadas las verificaciones oportunas, expedirá, si procede, el certificado de inscripción y lo enviará, junto con la documentación electoral (sobres y papeletas), por correo certificado y urgente al domicilio indicado por el solicitante en su petición. Correos entregará dichos envíos al interesado de forma personal.

El sobre modelo oficial conteniendo el certificado de inscripción en el Censo Electoral y el/los de votación en el que se incluyen las papeletas se presentará como correo certificado y urgente en cualquier oficina de Correos, durante las horas de servicio de las mismas, hasta el día 23 de mayo, inclusive, admitiéndose con carácter gratuito. Según informa Europa Press, los sobres que se depositen como correo ordinario serán devueltos a los electores para que los canalicen como envíos postales certificados.

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