El Gobierno considera que el Tribunal Supremo le ha dado la razón al aceptar la impugnación de algunas listas de ANV y asegura que, si hubiera instado a la ilegalización de este partido, no hubiera sido posible impedir su presencia en las urnas el 27 de mayo.
Fuentes del Ejecutivo aseguran que los plazos previstos para ese procedimiento exceden con mucho los de la convocatoria electoral y, por eso, se optó por la impugnación de candidaturas de ANV realmente contaminadas.
Según esas fuentes oficiales, no había pruebas de la relación entre este partido legal que condena la violencia expresamente en sus estatutos y ETA/Batasuna, tal y como aseguraba el auto del juez Garzón.
Por eso, aseguran que se descartó también la impugnación de todas las listas en bloque de ANV, porque no hubiera tenido sentido legal que se mantuviera inscrito un partido sin que se le permitiera presentarse globalmente a unas elecciones.
De hecho, el Gobierno afirmó ayer que el Supremo, a falta de los recursos ante el Tribunal Constitucional, le ha dado la razón al avalar la anulación de listas parciales de un partido legal, rechazando en la sentencia la posición de los magistrados que defendían que sólo era posible la impugnación global. Se trata de una situación jurídicamente nueva y, según el Ejecutivo, ha quedado avalada por el Supremo.
A esa posición le puso voz el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, que aseguró a la cadena Ser que la decisión demuestra que el Ejecutivo «tenía razón» y vaticinó que no gustará ni al entorno abertzale ni al PP.
Bermejo entiende que la izquierda abertzale debe asumir que esto es un Estado de Derecho y deseó por ello que «entren en la legalidad».
«Estamos deseando recibirles», destacó Bermejo, al añadir que espera que «cojan el buen camino», y confió en que el auto del Supremo no genere una reacción violenta por parte de ese entorno.
Los informes jurídicos internos que ha manejado el Gobierno le hicieron descartar desde hace varias semanas la posibilidad de instar a la ilegalización de ANV. Se trata, siempre según el Ejecutivo, de una razón práctica, ya que esa petición de ilegalización no hubiera tenido efectos.
Complejo proceso
De acuerdo con dicho informe, el artículo 11 de la Ley de Partidos establece un complejo proceso para el que son necesarios ocho días para la comparecencia de las partes, 20 para la contestación de la demanda, un periodo de prueba, 20 días para la formulación de alegaciones para cada una de las partes y otros 20 para dictar sentencia. Luego sería posible un recurso ante el Tribunal Constitucional que alargaría el proceso más de tres meses, después de los cuales ANV ya tendría concejales y la ilegalización no habría impedido su presencia en las instituciones.
El informe concluye que «estos plazos son absolutamente incompatibles con la perentoriedad de los que se aplican en un proceso electoral, que se desarrolla en un plazo improrrogable de 54 días desde la convocatoria hasta la celebración de las elecciones». Una demostración de este argumento es que la no inscripción de ASB no se sustanciará hasta después de las elecciones del 27 de mayo, ya que hasta el 16 no se celebrará la vista pública en el Supremo. No obstante, en este caso no hay tanta prisa, ya que ASB no se presentará a esos comicios.
Se descartó la posibilidad de hacerlo pidiendo como medida cautelar la imposibilidad de que se presentara a las elecciones, por entender que no es posible una medida cautelar que limite derechos fundamentales como el de participación y, además, irreversible si finalmente no se falla a favor.
Añade que en este caso tampoco se daban las condiciones de «presencia de medios de prueba directa e indicios que acrediten hechos absolutamente objetivos y claros y contundentes».
Esta posición se completa con la reflexión de un miembro del Gobierno que explica que ANV hubiera podido esgrimir como prueba irrebatible el auto de Garzón que concluía que no hay pruebas de la vinculación con ETA/Batasuna y sus estatutos en los que se condena la violencia.