Sábado, 28 de julio de 2007. Año: XVIII. Numero: 6432.
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Absueltos por prescripción los acusados del caso del talón de Seat
La Audiencia declara probado el cohecho cometido por Aida Alvarez y Mangana
MARIA PERAL

MADRID.- La Audiencia de Madrid ha declarado probado que los antiguos comisionistas del PSOE Aida Alvarez y Juan Carlos Mangana y el técnico municipal Arturo García Barbeira cometieron un delito de cohecho al repartirse 150 millones de pesetas entregados por Seat a cambio de unas licencias.

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En una extensa y argumentada sentencia conocida ayer, de la que ha sido ponente Juan José López Ortega, el tribunal absuelve, no obstante, a los tres acusados porque el cohecho, cometido en 1988, no comenzó a investigarse hasta 1993, cuando ya estaba prescrito.

El caso del cheque de Seat fue denunciado por EL MUNDO, que accedió a una fotocopia del documento bancario y la puso a disposición del entonces juez instructor del caso Filesa, el magistrado del Tribunal Supremo Marino Barbero, que investigaba la trama de corrupción financiera del PSOE.Barbero separó del caso Filesa el cheque de Seat y lo envió a los Juzgado de la Plaza de Castilla, donde el asunto estuvo sometido a investigación hasta 2000. El juicio, que comenzó el pasado noviembre, se celebró 13 años después de los hechos.

Durante ese tiempo, los defensores alegaron en varias ocasiones la prescripción de los delitos imputados, una cuestión que los jueces no han podido resolver hasta que el juicio oral ha permitido despejar aspectos de especial complejidad relacionados con la interpretación de las licencias otorgadas a Seat y su compatibilidad con las normas urbanísticas de la zona norte de Madrid, donde la empresa disponía en 1988 de unos edificios de uso industrial.

Con la intención de vender dos de ellos como oficinas, Seat solicitó unas licencias de cambio de uso, que le fueron finalmente concedidas gracias a un informe elaborado por el técnico municipal García Barbeira. Seat obtuvo en la operación 8.000 millones de pesetas de la época.

La Audiencia declara probado que «para asegurarse la concesión de las licencias», en torno a las cuales habían surgido problemas de adecuación a la normativa urbanística, los responsables de Seat entregaron un talón de 150 millones de pesetas, así como 25 millones más en efectivo, «a una persona, en la actualidad fallecida, de la Embajada de Alemania en España», en referencia al ex embajador Guido Brunner.

Brunner «contactó con Aida Alvarez y ésta con Juan Carlos Mangana, el cual, aprovechando la relación personal que le unía con el aparejador municipal Arturo García Barbeira, le propuso que informase favorablemente las licencias a cambio de recibir 20.000.000 de pesetas, oferta que éste aceptó».

Además de García Barbeira, el dinero entregado por Seat fue repartido entre Brunner, Mangana (que recibió cinco millones) y Aida Alvarez, la cual se quedó con 45 millones que destinó a la compra de un chalé.

La sentencia reconoce que no se ha podido determinar el destino de otros 58 millones de pesetas y no afirma que fueran destinados al PSOE, como sugirió el PP, que ha ejercido la acusación en este proceso sin que sus tesis hayan sido acogidas. «Ningún pronunciamiento ha de realizarse» sobre el hipotético aprovechamiento por el PSOE de la comisión de Seat, ya que esto «ha quedado excluido del objeto de este proceso y, por tanto, no podía ser objeto de prueba».

La Sala sí ha acogido el grueso de las tesis del fiscal anticorrupción Luis Rodríguez Sol, con la notable excepción de la calificación de los hechos como un delito de cohecho para realizar un acto injusto, con el que la Fiscalía pretendía salvar el problema de la prescripción.

Para la Audiencia, «nada permite afirmar que la aplicación de la normativa urbanística realizada por los técnicos municipales, al informar las licencias solicitadas por Seat, se haya apartado de la legalidad, realizando una interpretación arbitraria y desviada del Plan General de Ordenación y favoreciendo injustamente los intereses de la entidad solicitante». Ello le lleva a apreciar que el delito cometido fue el de cohecho para realizar un acto justo, mucho más benévolo que el anterior y cuyo plazo de prescripción es de tres años desde que ocurrieron los hechos. En el caso del talón de Seat, por tanto, el delito prescribió en 1991, dos años antes de ser descubierto.

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