A cuatro años y medio de cárcel ha sido condenada Isabel Barrio, funcionaria de la Seguridad Social, que facilitó datos reservados a un agente del CNI (cuando el Centro se llamaba Cesid). El Supremo acaba de ratificar la sentencia de la Audiencia de Madrid, que falló que la funcionaria incurrió en un delito de revelación de secretos.
«Voy a ir a la cárcel por trabajar para el Estado», se lamenta hoy Isabel Barrio, que justifica su conducta por el hecho de que el agente del CNI le presentaba oficios por escrito solicitando determinadas informaciones. Sus quejas son comprensibles desde el punto de vista humano, pero lo cierto es que esta funcionaria cometió un delito porque tenía encomendada la preservación del secreto de los datos. Que fuera el CNI quien los solicitara no excusa su comportamiento.
Pero lo sorprendente de esta sentencia no es la inculpación de Isabel Barrio sino que el agente que la pagaba y al que proporcionaba información no fue imputado por el instructor del caso, el juez Santiago Pedraz, ni por el fiscal. Ese funcionario se llama Juan Garrote y está perfectamente identificado en la causa.
La sentencia del Supremo contra Isabel Barrio contiene el voto particular de un magistrado que, con toda la razón, considera incomprensible que Juan Garrote no fuera acusado de un delito de cohecho puesto que consta que la funcionaria recibía cada mes 70.000 pesetas por suministrar información al CNI, que le entregaba el citado agente.
En realidad, Isabel Barrio debería haber sido condenada también por un delito de cohecho, que comete tanto el que paga como el que acepta el dinero, pero la Fiscalía prefirió soslayar esta acusación para proteger a Garrote.
La sentencia es, por tanto, injusta en la medida que castiga a la funcionaria pero exculpa a este agente del CNI y sus jefes, que presumiblemente incurrieron en los delitos de inductores de la revelación y partícipes en un cohecho.
Se da la circunstancia, además, de que Isabel Barrio declaró ante el juez Pedraz que le pidieron datos sobre personas muertas para elaborar falsas identidades y que el CNI le solicitó también información sobre la presentadora Leticia Sabater y sobre el empresario Juan José Hidalgo. ¿Por qué quería el CNI investigar a estas dos personas que presumiblemente no han hecho nada irregular?
En lugar de esclarecer estos turbios manejos del CNI, la Justicia ha optado por echar tierra sobre el asunto y por proteger a unos agentes que, según todos los indicios, han vulnerado la ley.
Habría que recordar al juez instructor y a la Fiscalía que ambos están para velar por el principio de legalidad y para defender los derechos de los ciudadanos en lugar de proporcionar coartadas a los poderosos y mirar para otro lado cuando delinquen.
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