A José Rodríguez Salvador, más conocido como el violador del Valle de Hebrón, cada una de las 16 agresiones sexuales por las que fue condenado en 1991 -fue juzgado por 40- le va a salir por apenas un año de cárcel. Será así porque la Audiencia de Barcelona ha rechazado de nuevo el recurso de la Fiscalía para evitar su puesta en libertad el próximo sábado. La reacción de la Fiscalía, aunque tardía, estaba bien motivada, pues los psicólogos que han tratado a Rodríguez Salvador aseguran que tiene un alto riesgo de reincidencia. No resulta sorprendente, pues aquellas 16 agresiones las cometió apenas diez días después de quedar en libertad por una condena anterior de 7 años, también por violación.
Lo que la Fiscalía demandaba era perfectamente asumible, y es que se aplicara al violador la doctrina Parot, según la cual los beneficios penitenciarios se aplican a cada una de las penas impuestas en vez de al límite máximo de estancia en prisión, en su caso 20 años. Los argumentos en contra empleados por la Audiencia son endebles. Asegura que la petición es «impropia de un Estado Democrático» porque no es «razonable» que el penado no sepa con certeza el límite de cumplimiento máximo de su pena y que «no tendría garantizados derechos fundamentales como el de la integridad moral y la proscripción de que se le apliquen penas o tratos inhumanos».
¿Qué tiene de antidemocrática la doctrina Parot? Establecida por el Tribunal Supremo para evitar que el etarra del mismo nombre condenado por 82 asesinatos saliese en libertad tras cumplir sólo 20 años en prisión, ha sido ya aplicada a un delincuente común, Gustavo Romero, condenado por tres asesinatos y también agresiones sexuales. Curiosamente, la argumentación utilizada entonces por el Alto Tribunal es perfectamente aplicable ahora, y es que «hay razones de prevención de los delitos y razones de justicia que son también funciones legítimas de las penas».
Como ocurrió con De Juana Chaos, que cumplirá poco más de un año por cada uno de los 25 asesinatos que cometió, también sin arrepentirse, la sensación de lenidad resulta inevitable. Nuestro sistema judicial y penitenciario pone un énfasis extraordinario, mayor que el de los países de nuestro entorno, en la reinserción de los criminales. Un principio loable, pero que en la práctica debería ir acompañado de una evaluación realista sobre las intenciones y posibilidades de que el condenado que va a quedar libre se reinserte. Nada indica que el violador del Valle de Hebrón, que ha redimido su pena con cursos de yoga o defensa personal, sea uno de ellos. Y, como estableció el Supremo al dictar sentencia sobre Parot, las víctimas también tienen derecho al «principio de humanidad».
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