Sábado, 17 de noviembre de 2007. Año: XVIII. Numero: 6544.
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'GUERRA SUCIA' / Es la tercera condena al ex secretario de Estado para la Seguridad / El fallo de la Audiencia de Madrid le impone año y medio de cárcel y 4 de inhabilitación, y deberá devolver el dinero malversado
Vera condenado por pagar a Amedo para que no le implicara en los GAL
MARIA PERAL

MADRID.- El ex número dos de Interior en los gobiernos de Felipe González Rafael Vera añadió ayer a su ya extenso currículum penal una tercera condena. La Audiencia de Madrid le ha considerado responsable de ordenar la entrega de 1,5 millones de euros a las esposas de Amedo y Domínguez para «garantizar el silencio» de los dos ex policías «y evitar así que delatasen a otros implicados en la trama de los GAL, entre los que se encontraba el propio Vera».

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La Sección 26 de la Audiencia madrileña, encargada de juzgar el caso de los maletines, declara probado que, tras el ingreso de Amedo y Domínguez en prisión, en julio de 1988, Vera decidió compensarles por la disminución de ingresos y para que no hablasen sobre la trama de los GAL.

«Vera era la persona a la que más directamente beneficiaba el silencio de José Amedo y Michel Domínguez, como se demostró en el juicio sobre el secuestro de Segundo Marey», afirma la sentencia.

«Con pleno conocimiento de que los fondos reservados no se podían destinar a cubrir ese tipo de gastos», Vera ordenó realizar pagos mensuales a las esposas de Amedo y Domínguez, María Angeles Acedo y Alicia Sánchez, a las que también sufragó sendas operaciones quirúrgicas. Además, las dos mujeres recibieron indicaciones para abrir cuentas en Ginebra (Suiza) donde recibieron un total de 176 millones de pesetas.

Los pagos se prolongaron hasta que Vera abandonó el Ministerio del Interior, «habiendo declarado Amedo y Domínguez, a los pocos meses de dejar de cobrar, todos los hechos relacionados con los GAL».

Para la Sala, «la razón de Estado invocada por Vera para hacer frente a los citados pagos no existe, desde el momento en que lo que se pretendía era que los tribunales no investigaran y persiguieran una serie de hechos de naturaleza penal».

El ex secretario de Estado para la Seguridad ha sido condenado a un año y seis meses de cárcel, una pena notablemente inferior a la que solicitaban el fiscal (siete años de cárcel), el abogado del Estado (seis años) y la acusación popular (ocho años). Ello se debe a que el Tribunal ha aplicado de forma muy cualificada la circunstancia atenuante de haberse producido dilaciones indebidas en el proceso, ya que el último pago se produjo hace casi 13 años y los hechos fueron descubiertos enseguida por las propias declaraciones judiciales de los beneficiarios.

La Sala, en una sentencia leída ayer ante los acusados y de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Alhambra, aprecia que las entregas de fondos reservados hechas a Amedo y Domínguez constituyen una malversación continuada de caudales públicos, agravada tanto por el importe de su cuantía (1,5 millones de euros) como por el «entorpecimiento» al servicio público.

Es previsible que Vera no cumpla los 18 meses de prisión que se le han impuesto, dado que ésta es su tercera condena por malversación y las dos anteriores (recaídas en los casos Marey y fondos reservados) ya sumaron el máximo de pena que corresponde a ese delito.

No obstante, también ha sido condenado a cuatro años de inhabilitación absoluta y a indemnizar conjunta y solidariamente al Estado en la cuantía equivalente al dinero malversado.

A las mismas penas de prisión e inhabilitación y a igual responsabilidad civil ha sido condenado su secretario, Juan de Justo, al que el Tribunal considera cooperador necesario de la malversación. Fue él a quien Vera encargó la entrega material del dinero a las esposas de Amedo y Domínguez durante el tiempo en que éstos estuvieron en prisión.

Tampoco De Justo irá, previsiblemente, a la cárcel. Primero, porque el fallo de la Audiencia no es firme y va a ser recurrido ante el Supremo. Y sobre todo porque, aun en el supuesto de que fuera ratificado, la pena es inferior a los dos años de prisión y su ejecución puede ser suspendida.

Tanto María Angeles Acedo como Alicia Sánchez y sus respectivos maridos han sido condenados exclusivamente a título de responsables civiles. Ello significa que, junto a Vera y De Justo, tendrán que devolver los 362.434 euros correspondientes a los pagos mensuales que recibieron y las intervenciones médicas que Interior sufragó.

El resto del dinero, hasta completar los 260 millones de pesetas malversados, se encuentra embargado al corresponder a las cuentas bancarias abiertas en Suiza. La Sala acuerda el comiso del saldo actual de esas cuentas corrientes.

El coronel de la Guardia Civil Félix Hernando, actual jefe de la Unidad Central Operativa (UCO), ha sido absuelto. El fiscal solicitaba para él dos años de cárcel y cinco de inhabilitación al imputarle complicidad en la malversación: fue quien, junto al policía Aníbal Machín (fallecido el pasado julio), viajó en tres ocasiones a Ginebra transportando los maletines repletos de fondos reservados para entregarlos a Acedo y Sánchez.

«No ha quedado acreditado que Hernando supiera la finalidad de la entrega de los maletines, por lo que bien pudo ser un mero hombre de paja», afirma el Tribunal, que realiza un cierto paralelismo con el funcionario Rafael Yuste. Este también viajó a Suiza acompañando a De Justo y, sin embargo, no se sentó en el banquillo al considerar las acusaciones que no supo qué objetivo tenían esos desplazamientos.

La Sala añade que Hernando «pudo no sospechar que dichos viajes tenían una finalidad concreta» y, al ser ordenados por sus superiores, «pudo no plantearse que el hecho que cometía fuera ilícito».

La principal prueba en la que se basa el fallo condenatorio son las declaraciones que Amedo, Domínguez y sus esposas realizaron ante el juez Garzón a partir del 16 de diciembre de 1994, cuando empezaron a acusar a sus superiores de participar en la trama de los GAL.

La Audiencia no cree que esas declaraciones se prestaran bajo presión, ya que «se producen de manera voluntaria y en presencia de su letrado particular».

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